MAGISTERIO DE
LA IGLESIA
(0-523)
SAN PEDRO APOSTOL, (?)-67(?)
Como es sabido, bajo su nombre hay dos Epístolas
canónicas.
SAN LINO, 67 ( ?) - 79 ( ?)
SAN [ANA]CLETO, 79 ( ?) - 90 ( ?)
SAN CLEMENTE 1, 90 (?)-99 (?)
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta , a los corintios]
(1) A causa de las repentinas y sucesivas
calamidades y percances que nos han sobrevenido, hermanos, creemos haber vuelto
algo tardíamente nuestra atención a los asuntos discutidos entre vosotros. Nos
referimos, carísimos, a la sedición, abominable y sacrílega, que unos cuantos
sujetos, gentes audaces y arrogantes, han encendido hasta tal punto de
insensatez, que vuestro nombre, venerable y celebradísimo, ha venido a ser
gravemente ultrajado...
(7) Os escribimos para amonestaros...
(57) Vosotros, pues, los que fuisteis causa de que
estallara la sedición, someteos a vuestros presbíteros y recibid la corrección
con arrepentimiento...
(59) Mas si algunos desobedecieren a las
amonestaciones que, por medio de Nos, Aquél os ha dirigido, sepan que se harán
reos de no leve pecado y se expondrán a no pequeño peligro; pero nosotros
seremos inocentes de ese pecado...
(63) Porque nos procuraréis júbilo y regocijo si,
obedeciendo a lo que por el Espíritu Santo os acabamos de escribir, cortáis de
raíz la impía cólera de vuestra envidia, conforme a la exhortación que en esta
carta os hemos hecho sobre la paz y la concordia.
De la jerarquía y del estado laical
[De la misma Carta a los corintios]
(40) ...pues los que siguen las ordenaciones del
Señor, no pecan. Y, en efecto, al Sumo Sacerdote le están encomendadas sus
propias funciones; y su propio lugar tienen señalado los demás sacerdotes, y
ministerios propios incumben a los levitas; el hombre laico, en fin, por preceptos
laicos está ligado.
(41) Cada uno de nosotros [v. h: vosotros],
hermanos, en el puesto que tiene señalado [1 Cor. 15, 23], dé gracias a Dios,
conservándose en buena conciencia y no transgrediendo la regla establecida de
su propio ministerio.
(42) Los Apóstoles nos predicaron el Evangelio de
parte del Señor Jesucristo; Jesucristo fue enviado de parte de Dios... Así,
pues, según pregonaban por los lugares y ciudades la.buena nueva, iban
estableciendo a los que eran las primicias, después de probarlos por el
Espíritu, por inspectores y ministros de los que habían de creer.
SAN EVARISTO, 99 (?) - 107 (?)
SAN PIO I, 140 (?) - 154 (?)
SAN ALEJANDRO I, 107 (?) -116 (?)
SAN TELESFORO, 125 (?) - 136 (?)
SAN ELEUTERIO, 174 (?) - 189(?)
SAN HIGINIO, 136 (?) - 110 (?)
SAN ANICETO 154 ( ?) - 165 (?)
SAN SOTERO, 165 (?) - 174 (?)
SAN VICTOR, 189 ( ?) - 198 (?)
SAN CEFERINO, 198 (?)-217
o bien SAN CALIXTO 1, 217-222
Del Verbo Encarnado
[De PhiZ0501')hOl~111ena IX, 1l, de San Hipólito,
escrito hacia el año 230]
Y [Calixto] inducía al mismo Ceferino,
persuadiéndole a que públicamente dijera: “Yo conozco a un solo Dios
Jesucristo, y a ningún otro fuera de Él, que sea nacido y pasible)”; otras
veces diciendo: “No fue el Padre el que murió, sino el Hijo”, así mantenía
entre el pueblo disensión interminable.
Nosotros, que conocíamos sus tramas, no cedimos,
sino que le argüíamos y nos opusimos a él en favor de la verdad. Él,
arrebatado de locura, pues todos se dejaban engañar por su hipocresía, pero no
nosotros, llamábanos ditheos (de dos dioses), vomitando violentamente el
veneno que llevaba en las entrañas.
Sobre la absolución de los pecados
[Fragmento del De pudicitia de Tertuliano]
Digo también haber salido un edicto y, por cierto,
perentorio. No menos que el Pontífice Máximo, es decir, el obispo de los
obispos, proclama: “Yo perdono los pecados de adulterio y fornicación a los que
han hecho penitencia.”
SAN URBANO, 222-230
SAN ANTERO, 235-36
SAN PONCIANO, 230-235
SAN FABIANO, 235-250
SAN CORNELIO I, 251-253
De la constitución monárquica de la Iglesia
[De la Carta 6 Quantam sollicitudinen a San
Cipriano, obispo de Cartago, del año 252]
Nosotros sabemos que Cornelio ha sido elegido obispo
de la Santísima Iglesia Católica por Dios omnipotente y por Cristo Señor
nuestro nosotros confesamos nuestro error. Hemos sido víctimas de una
impostura; hemos sido cogidos por una perfidia y charlatanería capciosa. En
efecto, aun cuanto parecía que teníamos alguna comunicación con el hombre
cismático y hereje; nuestro corazón, sin embargo, siempre estuvo con la
Iglesia. Porque no ignoramos que hay un solo Dios y un solo Señor Jesucristo, a
quien hemos confesado, un solo Espíritu Santo, y sólo debe haber un obispo en
una Iglesia Católica.
[Sobre la consignación para la entrega del Espíritu
Santo, v. Kirch 256, R 547 ¡ sobre la Trinidad, v. R 546.]
Sobre la jerarquía eclesiástica
[De la Carta
a Fabio, obispo de Antioquía, del año 251]
Así, pues, el vindicador del Evangelio [Novaciano]
¿no sabia que en una iglesia católica sólo debe haber un obispo ? Y no podía
ignorar (¿de qué manera podía ignorarlo?) que en ella [, en Roma,] hay cuarenta
y seis presbíteros, siete diáconos, siete subdiáconos, cuarenta y dos acólitos,
cincuenta y dos entre exorcistas, lectores y ostiarios, y entre viudas y pobres
más de mil quinientos.
SAN LUCIO I, 253-254
SAN ESTEBAN 1, 254-257
Sobre el bautismo de los herejes
[Fragmento de Una carta a San Cipriano, tomado de la
Carta 74 de éste a Pompeyo]
(1) ... Así, pues, si alguno de cualquier herejía
viniere a vosotros, no se innove nada, fuera de lo que es de tradición;
impóngansele las manos para la penitencia, como quiera que los mismos herejes
no bautizan según un rito particular a los que se pasan a ellos, sino que sólo
los reciben en su comunión.
[Fragmento de la Carta de Esteban, tomado de la
carta 75 de Firmiliano a San Cipriano]
(18) Pero gran ventaja es el nombre de Cristo —dice
Esteban— respecto a la fe y a la santificación por el bautismo, que quienquiera
y donde quiera fuere bautizado en el nombre de Cristo, consiga al punto la
gracia de Cristo.
SAN SIXTO II, 258
SAN DIONISIO, 259-268
Sobre la Trinidad y la Encarnación
[Fragmento de la Carta a contra los triteistas y los
sabelianos, hacia el año 260]
(1) Éste fuera el momento oportuno de hablar contra
los que dividen, cortan y destruyen la más venerada predicación de la iglesia,
la unidad de principio en Dios, repartiéndola en tres potencias e hipóstasis
separadas y en tres divinidades; porque he sabido que hay entre vosotros
algunos de los que predican y enseñan la palabra divina, maestros de semejante
opinión, los cuales se oponen diametralmente, digámoslo así, a la sentencia de
Sabelio. Porque éste blasfema diciendo que el mismo Hijo es el Padre y
viceversa; aquéllos, por lo contrario, predican, en cierto modo, tres dioses,
pues dividen la santa Unidad en tres hipóstasis absolutamente separadas entre
sí. Porque es necesario que el Verbo divino esté unido con el Dios del universo
y que el Espíritu Santo habite y permanezca en Dios; y, consiguientemente, es
de toda necesidad que la divina Trinidad se recapitule y reúna, como en un
vértice, en uno solo, es decir, en el Dios omnipotente del universo. Porque la
doctrina de Marción, hombre de mente vana, que corta y divide en tres la unidad
de principio, es enseñanza diabólica y no de los verdaderos discípulos de
Cristo y de quienes se complacen en las enseñanzas del Salvador. Éstos, en
efecto, saben muy bien que la Trinidad es predicada por la divina Escritura,
pero ni el Antiguo ni el Nuevo Testamento predican tres dioses.
(2) Pero no son menos de reprender quienes opinan
que el Hijo es una criatura, y creen que el Señor fue hecho, como otra cosa cualquiera
de las que verdaderamente fueron hechas, como quiera que los oráculos divinos
atestiguan un nacimiento que con Él dice y conviene, pero no plasmación o
creación alguna. Es, por ende, blasfemia y no como quiera, sino la mayor
blasfemia, decir que el Señor es de algún modo hechura de manos. Porque si el
Hijo fue hecho, hubo un tiempo en que no fue. Ahora bien, Él fue siempre, si es
que está en el Padre, como Él dice (Ioh. 14, 10 s). Y si Cristo es el Verbo y
la sabiduría y la potencia —todo esto, en efecto, como sabéis, dicen las
divinas Escrituras que es Cristo [cf. Ioh. 1, 14 1 Cor. 1, 24]—, todo esto son
potencias de Dios. Luego si el Hijo fue hecho, hubo un tiempo en que no fue
todo esto; luego hubo un momento en que Dios estaba sin ello, lo cual es la
cosa más absurda.
¿A qué hablar más largamente sobre este asunto a
vosotros, hombres llenos de Espíritu y que sabéis perfectamente los absurdos
que se siguen de decir que el Hijo es una criatura? A estos absurdos paréceme a
mí no haber atendido los cabecillas de esta opinión y por eso ciertamente se
han extraviado de la verdad, al interpretar de modo distinto de lo que
significa la divina y profética Escritura: El Señor me creó principio de sus
caminos [Prov. 8, 22: LXX]. Porque, como sabéis, no es una sola la
significación de “creó”. Porque en este lugar “creó” es lo mismo que lo
antepuso a las obras hechas por Él mismo, hechas, por cierto, por el mismo
Hijo. Porque “creó” no hay que entenderlo aquí por “hizo”; pues “crear” es
diferente de “hacer” ¿No es este mismo tu Padre que te poseyó y te hizo y te
creó?, dice Moisés en el gran canto del Deuteronomio [Deut. 32, 6; LXX].
Muy bien se les podrá decir: “Oh hombres temerarios, ¿conque es hechura el
primogénito de toda la creación [Col. 1, 15], el que fue engendrado del
vientre, antes del lucero de la mañana [Ps. 109, 3; LXX], el que dice como
Sabiduría: Antes de todos los collados me engendró? [Prov. 8, 25: LXX].
Y es fácil hallar en muchas partes de los divinos oráculos que el Hijo es dicho
haber sido engendrado, pero no que fue hecho. Por donde patentemente se argüye
que opinan falsamente sobre la generación del Señor los que se atreven a llamar
creación a su divina e inefable generación.
(8) Luego ni se debe dividir en tres divinidades la
admirable y divina unidad, ni disminuir con la idea de creación la dignidad y
suprema grandeza del Señor; sino que hay que creer en Dios Padre omnipotente y
en Jesucristo su Hijo y en el Espíritu Santo, y que en el Dios del universo
está unido el Verbo. Porque: Yo —dice— y el Padre somos una sola cosa [Ioh.
10, 30]; y: Yo estoy en e¿ Padre y el Padre en mí [Ioh. 14, 10]. Porque
de este modo es posible mantener íntegra tanto la divina Trinidad como la santa
predicación de la unidad de principio.
SAN FELIX I, 269-274
SAN CAYO, 283-296
SAN EUTIQUIANO, 275-283
SAN MARCELINO, 296-304
CONClLlO DE ELVlRA, ENTRE 300 y 306
Sobre la indisolubilidad del matrimonio
Can. 9. Igualmente, a la mujer cristiana que haya
abandonado al marido cristiano adúltero y se casa con otro, prohíbasele
casarse; si se hubiere casado, no reciba la comunión antes de que hubiere
muerto el marido abandonado; a no ser que tal vez la necesidad de enfermedad
forzare a dársela.
Del celibato de los clérigos
Can. 27. El obispo o cualquier otro clérigo tenga
consigo solamente o una hermana o una hija virgen consagrada a Dios; pero en
modo alguno plugo [al Concilio] que tengan a una extraña.
Can. 33. Plugo prohibir totalmente a los obispos,
presbíteros y diáconos o a todos los clérigos puestos en ministerio, que se
abstengan de sus cónyuges y no engendren hijos ¡ y quienquiera lo hiciere, sea
apartado del honor de la clerecía.
Del bautismo y confirmación
Can. 38. En caso de navegación a un lugar lejano o
si no hubiere cerca una Iglesia, el fiel que conserva íntegro el bautismo y no
es bígamo, puede bautizar a un catecúmeno en necesidad de enfermedad, de modo
que, si sobreviviere, lo conduzca al obispo, a fin de que por la imposición de
sus manos pueda ser perfeccionado.
Can. 77. Si algún diácono que rige al pueblo sin
obispo o presbítero, bautizare a algunos, el obispo deberá perfeccionarlos por
medio de la bendición; y si salieran antes de este mundo, bajo la fe en que
cada uno creyó, podrá ser uno de los justos.
SAN MARCELO, 308-309
SAN EUSEBIO, 309 (ó 310)
SAN MILCIADES, 311-314
SAN SILVESTRE 1, 314-335
PRIMER CONCILIO DE ARLES, 314
Del bautismo de los herejes
Can. 8 cerca de los africanos que usan de su propia
ley de rebautizar, plugo que si alguno pasare de la herejía a la Iglesia, se le
pregunte el símbolo, y si vieren claramente que está bautizado en el Padre y en
el Hijo y en el Espíritu Santo, impóngasele sólo la mano, a fin de que reciba
el Espíritu Santo. Y si preguntado no diere razón de esta Trinidad, sea
bautizado.
Can. 15. Que los diáconos no ofrezcan [v. Kch 373].
PRIMER CONCILIO DE NICEA, 325
El Símbolo Niceno
[Versión sobre el texto griego]
Creemos en un solo Dios Padre omnipotente, creador
de todas las cosas, de las visibles y de las invisibles; y en un solo Señor
Jesucristo Hijo de Dios, nacido unigénito del Padre, es decir, de la sustancia
del Padre, Dios de Dios, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero,
engendrado, no hecho, consustancial al Padre, por quien todas las cosas fueron
hechas, las que hay en el cielo y las que hay en la tierra, que por nosotros
los hombres y por nuestra salvación descendió y se encarnó, se hizo hombre,
padeció, y resucitó al tercer día, subió a los cielos, y ha de venir a juzgar a
los vivos y a los muertos. Y en el Espíritu Santo.
Mas a los que afirman: Hubo un tiempo en que no fue
y que antes de ser engendrado no fue, y que fue hecho de la nada, o los que
dicen que es de otra hipóstasis o de otra sustancia o que el Hijo de Dios es
cambiable o mudable, los anatematiza la Iglesia Católica.
[Versión de Hilario de Poitiers]
Creemos en un solo Dios, Padre omnipotente, hacedor de
todas las cosas visibles e invisibles. Y en un solo Señor nuestro Jesucristo
Hijo de Dios, nacido unigénito del Padre, esto es, de la sustancia del Padre,
Dios de Dios, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero, nacido, no hecho,
de una sola sustancia con el Padre (lo que en griego se llama homousion), por
quien han sido hechas todas las cosas, las que hay en el cielo y en la tierra,
que bajó por nuestra salvación, se encarnó y se hizo hombre, padeció y resucitó
al tercer día, subió a los cielos y ha de venir a juzgar a los vivos y a los
muertos. Y en el Espíritu Santo.
A aquellos, empero, que dicen: “Hubo un tiempo en
que no fue” y: “Antes de nacer, no era”, y: “Que de lo no existente fue hecho o
de otra subsistencia o esencia”, a los que dicen que “El Hijo de Dios es
variable o mudable”, a éstos los anatematiza la Iglesia Católica y Apostólica.
Del bautismo de los herejes y del viático de los
moribundos
[Versión sobre el texto griego]
Can. 8. Acerca de los que antes se llamaban a si
mismos kátharos o puros [es decir, los novacianos], pero que se
acercan a la Iglesia Católica y Apostólica, plugo al santo y grande Concilio
que, puesto que recibieron la imposición de manos, permanezcan en el clero ¡
pero ante todo conviene que confiesen por escrito que aceptarán y seguirán los
decretos de la Iglesia Católica y Apostólica, es decir, que no negarán la
reconciliación a los desposados en segundas nupcias y a los lapsos caídos
en la persecución...
Can. 19. Sobre los que fueron paulianistas y luego
se refugiaron en la Iglesia Católica, se promulgó el decreto que sean
rebautizados de todo punto; y si algunos en el tiempo pasado pertenecieron al
clero, si aparecieren irreprochables e irreprensibles, después de rebautizados,
impónganseles las manos por el obispo de la Iglesia Católica...
Can. 13. Acerca de los que están para salir de este
mundo, se guardará también ahora la antigua ley canónica, a saber: que si
alguno va a salir de este mundo, no se le prive del último y más necesario
viático. Pero si después de estar en estado desesperado y haber obtenido la
comunión, nuevamente volviere entre
los vivos,
póngase entre los que sólo participan de la oración; pero de modo general y
acerca de cualquiera que salga de este mundo, si pide participar de la
Eucaristía, el obispo, después de examen, debe dársela (versión latina: hágale
participe de la ofrenda).
[La carta sinodal a los egipcios sobre los errores
de Arrio y sobre las ordenaciones hechas por Melicio, v. en Kch 410 s.]
SAN MARCOS, 336
SAN JULIO I, 337-352
Sobre el primado del Romano Pontífice
[De la carta
a los antioquenos, del año 341]
(22) ...Y si absolutamente, como decís, había alguna
culpa contra ellos, había que haber celebrado el juicio conforme a la regla
eclesiástica y no de esa manera. Se nos debió escribir a todos nosotros, a fin
de que así por todos se hubiera determinado lo justo puesto que eran obispos
los que padecían, y padecían no iglesias cualesquiera, sino aquellas que los
mismos Apóstoles por sí mismos gobernaron. ¿Y por qué no había que escribirnos
precisamente sobre la Iglesia de Alejandría? ¿Es que ignoráis que ha sido
costumbre escribirnos primero a nosotros y así determinar desde aquí lo justo?
Así, pues, ciertamente, si alguna sospecha había contra el obispo de ahí, había
que haberlo escrito a la Iglesia de aquí
CONCILIO DE SARDICA, 343-344
Sobre el primado del Romano Pontífice
[Versión sobre el texto auténtico latino]
Can. 3 [Isid. 4]. Osio obispo dijo: También esto,
que un obispo no pase de su provincia a otra provincia donde hay obispos, a no
ser que fuere invitado por sus hermanos, no sea que parezca que cerramos la
puerta de la caridad. —También ha de proveerse otro punto: Si acaso en alguna provincia
un obispo tuviere pleito contra otro obispo hermano suyo, que ninguno de ellos
llame obispos de otra provincia. —Y si algún obispo hubiere sido juzgado en
alguna causa y cree tener buena causa para que el juicio se renueve, si a
vosotros place, honremos la memoria del santísimo Apóstol Pedro: por aquellos
que examinaron la causa o por los obispos que moran en la provincia próxima,
escríbase al obispo de Roma; y si él juzgare que ha de renovarse el juicio,
renuévese y señale jueces. Mas si probare que la causa es tal que no debe
refregarse lo que se ha hecho, lo que él decretare quedará confirmado. ¿Place
esto a todos? El Concilio respondió afirmativamente.
(Isid. 5) El obispo Gaudencio dijo: Si os place, a
esta sentencia que habéis emitido, llena de santidad, hay que añadir: Cuando
algún obispo hubiere sido depuesto por juicio de los obispos que moran en los
lugares vecinos y proclamare que su negocio ha de tratarse en la ciudad de
Roma, no se ordene en absoluto otro obispo en la misma cátedra después de la
apelación de aquel cuya deposición está en entredicho, mientras la causa no
hubiere sido determinada por el juicio del obispo de Roma.
[Can. 3 b] (Isid. 6) El obispo Osio dijo: Plugo
también que si un obispo hubiere sido acusado y le hubieren juzgado los obispos
de su misma región reunidos y le hubieren depuesto de su dignidad y, al
parecer, hubiere apelado y hubiere recurrido al beatísimo obispo de la Iglesia
Romana, y éste le quisiere oír y juzgare justo que se renueve el examen; que se
digne escribir a los obispos que están en la provincia limítrofe y cercana que
ellos mismos lo investiguen todo diligentemente y definan conforme a la fe de
la verdad. Y si el que ruega que su causa se oiga nuevamente y con sus ruegos
moviere al obispo romano a que de su lado envíe un presbítero, estará en la
potestad del obispo hacer lo que quiera o estime: y si decretare que deben ser
enviados quienes juzguen presentes con los obispos, teniendo la autoridad de
quien los envió, estará en su albedrío. Mas si creyere que bastan los obispos
para poner término a un asunto, haga lo que en su consejo sapientísimo juzgare.
[De la Carta Quod Semper, en que el Concilio
transmitió las Actas a San Julio]
Porque parecerá muy bueno y muy conveniente que de
cualesquiera provincias acudan los sacerdotes a su cabeza, es decir, a la sede
de Pedro Apóstol.
SAN LIBERIO; 352-366
Sobre el bautismo de los herejes [v. 88]
SAN DAMASO I, 366-384
CONCILIO ROMANO, 382
Sobre la Trinidad y la Encarnación
[Del Tomus Damasi]
[Después de este Concilio de obispos católicos que
se reunió en la ciudad de Roma, añadieron, por inspiración del Espíritu Santo:]
Y porque después cundió el error de atreverse algunos a decir que el Espíritu
Santo fue hecho por medio del Hijo:
(1) Anatematizamos a aquellos que no proclaman con
toda libertad que el Espíritu Santo es de una sola potestad y sustancia con el
Padre y el Hijo.
(2) Anatematizamos también a los que siguen el error
de Sabelio, diciendo que el Padre es el mismo que el Hijo.
(3) Anatematizamos también a Arrio y a Eunomio que
con igual impiedad, aunque con lenguaje distinto, afirman que el Hijo y el
Espíritu Santo son criaturas.
Anatematizamos a los macedonianos que, viniendo de
la de Arrio, no mudaron la perfidia, sino el nombre.
Anatematizamos a Fotino, que renovando la herejía de
Ebión, confiesa a nuestro Señor Jesucristo sólo nacido de María.
(6) Anatematizamos a aquellos que afirman dos Hijos,
uno antes de los siglos v otro después de asumir de la Virgen la carne.
(7) Anatematizamos a aquellos que dicen que el Verbo
de Dios estuvo en la carne humana en lugar del alma racional e inteligente del
hombre, como quiera que el mismo Hijo y Verbo de Dios no estuvo en su cuerpo en
lugar del alma racional e inteligente, sino que tomó y salvó nuestra alma [esto
es, la racional e inteligente], pero sin pecado.
(B) Anatematizamos a aquellos que pretenden que el
Verbo Hijo de Dios es extensión o colección y separado del Padre, insustantivo
y que ha de tener fin.
(9) También a aquellos que han andado de iglesia en
iglesia, los tenemos por ajenos a nuestra comunión hasta tanto no hubieren
vuelto a aquellas ciudades en que primero fueron constituídos. Y si al emigrar
uno, otro ha sido ordenado en lugar del viviente, el que abandonó su ciudad vaque
de la dignidad episcopal hasta que su sucesor descanse en el Señor.
(10) Si alguno no dijere que el Padre es siempre,
que el Hijo es siempre y que el Espíritu Santo es siempre, es hereje.
(11) Si alguno no dijere que el Hijo ha nacido del
Padre, esto es, de la sustancia divina del mismo, es hereje.
(12) Si alguno no dijere verdadero Dios al Hijo de
Dios, como verdadero Dios a [su] Padre [y] que todo lo puede y que todo lo sabe
y que es igual al Padre, es hereje.
(13) Si alguno dijere que constituído en la carne
cuando estaba en la tierra, no estaba en los cielos con el Padre, es hereje.
(14) Si alguno dijere que, en la Pasión, Dios sentía
el dolor de cruz y no lo sentía la carne junto con el alma, de que se había
vestido Cristo Hijo de Dios, la forma de siervo que para sí había
tomado, como dice la Escritura [cf. Phil. 2, 7], no siente rectamente.
(5) Si alguno no dijere que [Cristo] está sentado
con su carne a la diestra del Padre, en la cual ha de venir a juzgar a los
vivos y a los muertos, es hereje.
(16) Si alguno no dijere que el Espíritu Santo, como
el Hijo, es verdadera y propiamente del Padre, de la divina sustancia y
verdadero Dios, es hereje.
(17) Si alguno no dijere que el Espíritu Santo lo
puede todo y todo lo sabe y está en todas partes, como el Hijo y el Padre, es
hereje.
(18) Si alguno dijere que el Espíritu es criatura o
que fue hecho por el Hijo, es hereje.
(19) Si alguno no dijere que el Padre por medio del
Hijo y de (su) Espíritu Santo lo hizo todo, esto es, lo visible y lo invisible,
es hereje.
(20) Si alguno no dijere que el Padre y el Hijo y el
Espíritu Santo tienen una sola divinidad, potestad, majestad y potencia, una
sola gloria y dominación, un solo reino y una sola voluntad y verdad, es hereje.
(21) Si alguno no dijere ser tres personas
verdaderas: la del Padre, la del Hijo y la del Espíritu Santo, iguales, siempre
vivientes, que todo lo contienen, lo visible y lo invisible, que todo lo
pueden, que todo lo juzgan, que todo lo vivifican, que todo lo hacen, que todo
lo salvan, es hereje.
(22) Si alguno no dijere que el Espíritu Santo ha de
ser adorado por toda criatura, como el Padre y el Hijo, es hereje.
(23) Si alguno sintiere bien del Padre y del Hijo,
pero no se hubiere rectamente acerca del Espíritu Santo, es hereje, porque
todos los herejes, sintiendo mal del Hijo de Dios y del Espíritu Santo, se
hallan en la perfidia de los judíos y de los paganos.
(24) Si alguno, al llamar Dios al Padre [de Cristo],
Dios al Hijo de Aquél, y Dios al Espíritu Santo, distingue y los llama dioses,
y de esta forma les da el nombre de Dios, y no por razón de una sola divinidad
y potencia, cual creemos y sabemos ser la del Padre, del Hijo y del Espíritu
Santo; y prescindiendo del Hijo o del Espíritu Santo, piense así que al Padre
solo se le llama Dios o así cree en un solo Dios, es hereje en todo, más aún,
judío, porque el nombre de dioses fue puesto y dado por Dios a los ángeles y a
todos los santos, pero del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, por razón de
la sola e igual divinidad no se nos muestra ni promulga para que creamos el
nombre de dioses, sino el de Dios. Porque en el Padre, en el Hijo y en el
Espíritu Santo solamente somos bautizados y no en el nombre de los arcángeles o
de los ángeles, como los herejes o los judíos o también los dementes paganos.
Ésta es, pues, la salvación de los cristianos: que
creyendo en la Trinidad, es decir, en el Padre, en el Hijo y en el Espíritu
Santo, y bautizados en ella, creamos sin duda alguna que la misma posee una
sola verdadera divinidad y potencia, majestad y sustancia.
Del Espíritu Santo
[Decretum Damasi, de las Actas del
Concilio de Roma, del año 382]
Se dijo: Ante todo hay que tratar del Espíritu
septiforme que descansa en Cristo. Espíritu de sabiduría: Cristo virtud de
Dios y sabiduría de Dios [1 Cor. 1, 24]. Espíritu de entendimiento: Te
daré entendimiento y te instruiré en el camino por donde andarás [Ps. 31,
8]. Espíritu de consejo: Y se llamará su nombre ángel del gran consejo [Is.
9, 6 ¡ LXX]. Espíritu de fortaleza: Virtud o fuerza de Dios y sabiduría de
Dios [1 Cor. 1, 24]. Espíritu de ciencia: Por la eminencia de la ciencia
de Cristo Jesús [Eph. 3,19]. Espíritu de verdad: Yo el camino, la
vida y la verdad [Ioh. 14, 6]. Espíritu de temor [de Dios]: El temor del
Señor es principio de la sabiduría [Ps. 110, 10]... [sigue la
explicación de los varios nombres de Cristo: Señor, Verbo, carne, pastor, etc.
]... Porque el Espíritu Santo no es sólo Espíritu del Padre o sólo Espíritu del
Hijo, sino del Padre y del Hijo. Porque está escrito: Si alguno amare al
mundo, no está en él el Espíritu del Padre [1 Ioh. 2, 15; Rom. 8, 9].
Igualmente está escrito: El que no tiene el Espíritu de Cristo, ése no es
suyo [Rom. 8, 9]. Nombrado así el Padre y el Hijo, se entiende el Espíritu
Santo, de quien el mismo Hijo dice en el Evangelio que el Espíritu Santo procede
del Padre [Ioh. 15, 26], y: De lo mío recibirá y os lo anunciará a
vosotros [Ioh. 16, 14].
Del canon de la sagrada Escritura
[Del
mismo decreto y de las actas del mismo Concilio de Roma]
Asimismo se dijo: Ahora hay que tratar de las
Escrituras divinas, qué es lo que ha de recibir la universal Iglesia Católica y
qué debe evitar.
Empieza la relación del Antiguo Testamento: un
libro del Génesis, un libro del Exodo, un libro del Levítico, un
libro de los Números, un libro del Deuteronomio, un libro de Jesús
Navé, un libro de los Jueces, un libro de Rut, cuatro libros
de los Reyes, dos libros de los Paralipóntenos, un libro de
ciento cincuenta Salmos, tres libros de Salomón: un libro de Proverbios,
un libro de Eclesiastés, un libro del Cantar de los Cantares; igualmente
un libro de la Sabiduría, un libro del Eclesiástico.
Sigue la relación de los profetas: un
libro de Isaías, un libro de Jeremías, con Cinoth, es
decir, sus lamentaciones, un libro de Ezequiel, un libro de Daniel, un
libro de Oseas, un libro de Amós, un libro de Miqueas, un
libro de Joel, un libro de Abdías, un libro de Jonás, un libro
de Naún, un libro de Abacuc, un libro de Sofonías, un
libro de Agéo, un libro de Zacarías, un libro de Malaquías.
Sigue la relación de las historias: un
libro de Job, un libro de Tobías, dos libros de Esdras, un
libro de Ester, un libro de Judit, dos libros de los Macabeos.
Sigue la relación de las Escrituras del Nuevo
Testamento que recibe la Santa Iglesia Católica: un libro de los
Evangelios según Mateo, un libro según Marcos, un libro según Lucas, un libro
según Juan.
Epístolas de Pablo Apóstol, en
número de catorce: una a los Romanos, dos a los Corintios, una a los
Efesios, dos a los Tesalonicenses, una a los Gálatas, una a
los Filipenses, una a los Colosenses, dos a Timoteo, una a
Tito, una a Filemón, una a los Hebreos.
Asimismo un libro del Apocalipsis de Juan y
un libro de Hechos de los Apóstoles.
Asimismo las Epístolas canónicas, en número
de siete: dos Epístolas de Pedro Apóstol, una Epístola de Santiago
Apóstol, una Epístola de Juan Apóstol, dos Epístolas de otro Juan,
presbítero, y una Epístola de Judas Zelotes Apóstol [v. 162] .
Acaba el canon del Nuevo Testamento.
PRIMER CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 381
II ecuménico (contra los macedonianos, etc.)
Condenación de los herejes
Can. 1. No rechazar la fe de los trescientos
dieciocho Padres reunidos en Nicea de Bitinia, sino que permanezca firme y anatematizar
toda herejía, y en particular la de los eunomianos o anomeos, la de los
arrianos o eudoxianos, y la de los semiarrianos o pneumatómacos, la de los
sabelinos, marcelianos, la de los fotinianos y la de los apolinaristas.
Símbolo Niceno=Constantinopolitano
[Versión sobre el texto griego]
Creemos en un solo Dios, Padre omnipotente, creador
del cielo y de la tierra, de todas las cosas visibles o invisibles. Y en un
solo Señor Jesucristo, el Hijo unigénito de Dios, nacido del Padre antes de
todos los siglos, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero, nacido no
hecho, consustancial con el Padre, por quien fueron hechas todas las cosas; que
por nosotros los hombres y por nuestra salvación descendió de los cielos y se
encarnó por obra del Espíritu Santo y de María Virgen, y se hizo hombre, y fue
crucificado por nosotros bajo Poncio Pilato y padeció y fue sepultado y
resucitó al tercer día según las Escrituras, y subió a los cielos, y está
sentado a la diestra del Padre, y otra vez ha de venir con gloria a juzgar a
los vivos y a los muertos; y su reino no tendrá fin. Y en el Espíritu Santo,
Señor y vivificante, que procede del Padre, que juntamente con el Padre y el
Hijo es adorado y glorificado, que habló por los profetas. En una sola Santa
Iglesia Católica y Apostólica. Confesamos un solo bautismo para la remisión de
los pecados. Esperamos la resurrección de la carne y la vida del siglo futuro.
Amén.
[Según la versión de Dionisio el Exiguo]
Creemos [creo] en un solo Dios, Padre omnipotente,
hacedor del cielo y de la tierra, de todas las cosas visibles e invisibles. Y
en un solo Señor Jesucristo, Hijo de Dios y nacido del Padre [Hijo de Dios
unigénito y nacido del Padre] antes de todos los Siglos [Dios de Dios, luz de
luz], Dios verdadero de Dios verdadero. Nacido [engendrado], no hecho,
consustancial con el Padre, por quien fueron hechas todas las cosas, quien por
nosotros los hombres y la salvación nuestra [y por nuestra salvación] descendió
de los cielos. Y se encarnó de Maria Virgen por obra del Espíritu Santo y se
humanó [y se hizo hombre], y fue crucificado [crucificado también] por nosotros
bajo Poncio Pilato, [padeció] y fue sepultado. Y resucitó al tercer día [según
las Escrituras. Y] subió al cielo, está sentado a la diestra del Padre, (y)
otra vez ha de venir con gloria a juzgar a los vivos y a los muertos: y su
reino no tendrá fin. Y en el Espíritu Santo, Señor y vivificante, que procede
del Padre [que procede del Padre y del Hijo] , que con el Padre y el Hijo ha de
ser adorado y glorificado que con el Padre y el Hijo es juntamente adorado y
glorificado), que habló por los santos profetas [por los profetas]. Y en una
sola santa Iglesia, Católica y Apostólica. Confesamos [Confieso] un solo
bautismo para la remisión de los pecados. Esperamos [Y espero] la resurrección
de los muertos y la vida del siglo futuro [venidero]. Amén.
SAN SIRICIO, 384-398
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta 1 Directa ad decessorem, a
Himerio, obispo de Tarragona, de 10 de febrero de 385]
... No negamos la conveniente respuesta a tu
consulta, pues en consideración de nuestro deber no tenemos posibilidad de
desatender ni callar, nosotros a quienes incumbe celo mayor que a todos por la
religión cristiana. Llevamos los pesos de todos los que están cargados; o, más
bien, en nosotros los lleva el bienaventurado Pedro Apóstol que, como
confiamos, nos protege y defiende en todo como herederos de su administración.
Del bautismo de los herejes
[De la misma Epístola]
(1, 1) Así, pues, en la primera página de tu escrito
señalas que muchísimos de los bautizados por los impíos arrianos se apresuran a
volver a la fe católica y que algunos de nuestros hermanos quieren bautizarlos
nuevamente: lo cual no es licito, como quiera que el Apóstol veda que se haga
[cf. Eph. 4, 5; Hebr. 6, 4 ss (?)], y lo contradicen los cánones y lo prohiben
los decretos generales enviados a las provincias por mi predecesor de venerable
memoria Liberio 1, después de anular el Concilio de Rimini. A éstos, juntamente
con los novacianos y otros herejes, nosotros los asociamos a la comunidad de
los católicos, como está establecido en el Concilio, con sola la invocación del
Espíritu septiforme, por medio de la imposición de la mano episcopal, lo cual
guarda también todo el Oriente y Occidente. Conviene que en adelante tampoco
vosotros os desviéis en modo alguno de esta senda, si no os queréis separar de
nuestra unión por sentencia sinodal.
Sobre el matrimonio cristiano
[De la misma Carta a Himerio]
(4, 5) Acerca de la velación conyugal preguntas si
la doncella desposada con uno, puede tomarla otro en matrimonio. Prohibimos de
todas maneras que se haga tal cosa, pues la bendición que el sacerdote da a la
futura esposa, es entre los fieles como sacrilegio, si por transgresión alguna es
violada.
(5, 6) [Sobre la ayuda que ha de darse por fin antes
de la muerte a los relapsos en los placeres, v. Kch 657.]
Sobre el celibato de los clérigos
[De la misma Carta a Himerio]
(7, 8 ss) Vengamos ahora a los sacratísimos órdenes
de los clérigos, los que para ultraje de la religión venerable hallamos por
vuestras provincias tan pisoteados y confundidos, que tenemos que decir con
palabras de Jeremías: ¿Quién dará a mi cabeza agua y a mis ojos una fuente
de lágrimas? Y lloraré sobre este pueblo día y noche [Ier. 9, 1]... Porque
hemos sabido que muchísimos sacerdotes de Cristo y levitas han procreado hijos
después de largo tiempo de su consagración, no sólo de sus propias mujeres,
sino de torpe unión y quieren defender su crimen con la excusa de que se lee en
el Antiguo Testamento haberse concedido a los sacerdotes y ministros facultad
de engendrar.
Dígame ahora cualquiera de los seguidores de la
liviandad... ¿Por qué [el Señor] avisa a quienes se les encomendaba el santo de
los santos, diciendo: Sed santos, porque también yo el Señor Dios vuestro
soy santo [Lv. 20, 7; 1 Petr. 1, 16]? ¿Por qué también, el año de su turno,
se manda a los sacerdotes habitar en el templo lejos de sus casas? Pues por la
razón de que ni aun con sus mujeres tuvieran comercio carnal, a fin de que,
brillando por la integridad de su conciencia, ofrecieran a Dios un don
aceptable...
De ahí que también el Señor Jesús, habiéndonos
ilustrado con su venida, protesta en su Evangelio que vino a cumplir la ley,
no a destruirla [Mt. 5, 17]. Y por eso quiso que la forma de la castidad de
su Iglesia, de la que Él es esposo, irradiara con esplendor, a fin de poderla
hallar sin mancha ni arruga [Eph. 5, 27], como lo instituyó por su Apóstol,
cuando otra vez venga en el día del juicio. Todos los levitas y sacerdotes
estamos obligados por la indisoluble ley de estas sanciones, es decir que desde
el día de nuestra ordenación, consagramos nuestros corazones y cuerpos a la
sobriedad y castidad, para agradar en todo a nuestro Dios en los sacrificios
que diariamente le ofrecemos. Mas los que están en la carne, dice el
vaso de elección, no pueden agradar a Dios [Rom. 8, 8].
... En cuanto aquellos que se apoyan en la excusa de
un ilícito privilegio, para afirmar que esto les está concedido por la ley
antigua, sepan que por autoridad de la Sede Apostólica están depuestos de todo
honor eclesiástico, del que han usado indignamente, y que nunca podrán tocar
los venerandos misterios, de los que a sí mismos se privaron al anhelar
obscenos placeres; y puesto que los ejemplos presentes nos enseñan a
precavernos para lo futuro, en adelante, cualquier obispo, presbítero o diácono
que —cosa que no deseamos— fuere hallado tal, sepa que ya desde ahora le queda
por Nos cerrado todo camino de indulgencia; porque hay que cortar a hierro las
heridas que no sienten la medicina de los fomentos.
De las ordenaciones de los monjes
[De la misma Carta a Himerio]
(13) También los monjes, a quienes recomienda la
gravedad de sus costumbres y la santa institución de su vida y de su fe,
deseamos y queremos que sean agregados a los oficios de los clérigos... [cf.
1580].
De la virginidad de la B. V. M.
[De la Carta 9 Accepi litteras vestras a
Anisio, obispo de Tesalónica, de 392]
(3) A la verdad, no podemos negar haber sido con
justicia reprendido el que habla de los hijos de María, y con razón ha sentido
horror vuestra santidad de que del mismo vientre virginal del que nació, según
la carne, Cristo, pudiera haber salido otro parto. Porque no hubiera escogido
el Señor Jesús nacer de una virgen, si hubiera juzgado que ésta había de ser
tan incontinente que, con semen de unión humana, había de manchar el seno donde
se formó el cuerpo del Señor, aquel seno, palacio del Rey eterno. Porque el que
esto afirma, no otra cosa afirma que la perfidia judaica de los que dicen que
no pudo nacer de una virgen. Porque aceptando la autoridad de los sacerdotes,
pero sin dejar de opinar que María tuvo muchos partos, con más empeño pretenden
combatir la verdad de la fe.
III CONCILIO DE CARTAGO, 397
Del canon de la S. Escritura
Can. 36 (ó 47). [Se acordó] que, fuera de las
Escrituras canónicas, nada se lea en la Iglesia bajo el nombre de Escrituras
divinas, Ahora bien, las Escrituras canónicas son: Génesis, Exodo, Levítico,
Números, Deuteronomio, Jesús Navé, Jueces, Rut, cuatro libros de los
Reyes, dos libros de los Paralipómenos, Job, Psalterio de David,
cinco libros de Salomón, doce libros de los profetas, Isaías,
Jeremías, Daniel, Ezequiel, Tobías, Judit, Ester, dos libros de los
Macabeos. Del Nuevo Testamento: Cuatro libros de los Evangelios, un
libro de Hechos de los Apóstoles, trece Epístolas de Pablo Apóstol, del
mismo una a los Hebreos, dos de Pedro, tres de Juan , una
de Santiago, una de Judas, Apocalipsis de Juan. Sobre la
confirmación de este canon consúltese la Iglesia transmarina. Sea lícito
también leer las pasiones de los mártires, cuando se celebran sus aniversarios.
SAN ANASTASIO I, 398-401
Sobre la Ortodoxia del papa Liberio
[De la Carta Dat mihi plurimum, a Venerio
obispo de Milán, hacia el año 400]
Me da muchísima alegría el hecho cumplido por el
amor de Cristo, por el que encendida en el culto y fervor de la divinidad,
Italia, vencedora en todo el orbe, mantenía íntegra la fe enseñada de los
Apóstoles y recibida de los mayores, puesto que por este tiempo en que
Constancio, de divina memoria, obtenía victorioso el orbe, no pudo esparcir sus
manchas por subrepción alguna la herética facción arriana, disposición, según
creemos, de la providencia de nuestro Dios, a fin de que aquella santa e
inmaculada fe no se contaminara con algún vicio de blasfemia de hombres
maldicientes; aquella fe, decimos, que había sido tratada o definida en la
reunión del Concilio de Nicea por los santos obispos, puestos ya en el descanso
de los Santos.
Por ella sufrieron de buena gana el destierro los
que entonces se mostraron como santos obispos, esto es, Dionisio de ahí, siervo
de Dios, dispuesto por las divinas enseñanzas, y, tal vez siguiendo su ejemplo,
Liberio, obispo de Roma, de santa memoria, Eusebio de Verceli e Hilario de las
Galias, por no citar a muchos otros que hubieran preferido ser clavados en la
cruz, antes que blasfemar de Cristo Dios, a lo que quería forzarlos la herejía
arriana, o sea llamar a Cristo Dios, Hijo de Dios, una criatura del Señor.
Concilio Toledano del año 400, sobre el ministro del
crisma y de la crismación (can. 20) v. Kch 712.
SAN INOCENCIO I, 401-4172
Del bautismo de los herejes
[De la Carta a Etsi tibi, a Victricio obispo
de Ruán de 15 de febrero de 404]
(8) Que los que vienen de los novacianos o de los
montenses sean recibidos con sólo la imposición de manos, porque, si bien han
sido bautizados por los herejes, lo han sido en el nombre de Cristo.
De la reconciliación en el artículo de muerte
[De la Carta Consulenti tibi, a Exuperio,
obispo de Toulouse, 20 de febrero de 405]
(2) ...Se ha preguntado qué haya de observarse
respecto de aquellos que, entregados después del bautismo todo el tiempo a los
placeres de la incontinencia, piden al fin de su vida la penitencia juntamente
con la reconciliación de la comunión...
La observancia respecto de éstos fue al principio
más dura; luego, por intervención de la misericordia, más benigna. Porque la
primitiva costumbre sostuvo que se les concediera la penitencia, pero se les
negara la comunión. Porque como en aquellos tiempos estallaban frecuentes
persecuciones, por miedo de que la facilidad de conceder la comunión, no
apartara a los hombres de la apostasía, por estar seguros de la reconciliación,
con razón se negó la comunión, si bien se concedió la penitencia, para no
negarlo todo en absoluto, y la razón del tiempo hizo más duro el perdón. Pero
después que nuestro Señor devolvió la paz a sus Iglesias, plugo ya, expulsado
aquel temor, dar la comunión a los que salen de este mundo, para que sea, por
la misericordia del Señor, como un viático para quienes han de emprender el
viaje, y para que no parezca que seguimos la aspereza y dureza del hereje
Novaciano que niega el perdón. Se concederá, pues, junto con la penitencia, la
extrema comunión, a fin de que tales hombres, siquiera en sus últimos momentos,
por la bondad de nuestro Salvador, se libren de la eterna ruina [v. § 1538].
[Sobre la reconciliación fuera del peligro de
muerte, v. Kch 727.]
Del canon de la Sagrada Escritura y de los libros
apócrifos
[De la misma Carta a Exuperio]
(7) Los libros que se reciben en el canon, te lo
muestra la breve lista adjunta. He aquí los que deseabas saber: cinco libros de
Moisés, a saber: Génesis, Exodo, Levítico, Números, Deuteronomio; Jesús
Navé, uno de los Jueces, cuatro libros de los Reinos, juntamente
con Rut, dieciséis libros de los Profetas, cinco libros de Salomón,
el Salterio. Igualmente, de las historias: un libro de Job, un
libro de Tobías, uno de Ester, uno de Judit, dos de los Macabeos,
dos de Esdras, dos libros de los Paralipómenos. Igualmente,
del Nuevo Testamento: cuatro libros de los Evangelios, catorce cartas de
Pablo Apóstol, tres cartas de Juan [v. 48 y 92], dos cartas de Pedro,
una carta de Judas, una de Santiago, los Hechos de los Apóstoles y
la Apocalipsis de Juan.
Lo demás que está escrito bajo el nombre de Matías o
de Santiago el Menor, o bajo el nombre de Pedro y Juan, y son obras de un tal
Leucio (o bajo el nombre de Andrés, que lo son de Nexócaris y Leónidas,
filósofos), y si hay otras por el estilo, sabe que no sólo han de rechazarse,
sino que también deben ser condenadas.
Sobre el bautismo de los paulianistas
[De la Carta 17 Magna me gratulatio, a Rufo y otros obispos de Macedonia, de
13 de diciembre de 414]
Que según el canon niceno [v.
56], han de ser bautizados los paulianistas que vuelven a la Iglesia, pero
no los novacianos [v. 55]:
(5)... Manifiesta está la razón por qué se ha
distinguido en estas dos herejías, pues los paulinistas no bautizan en modo
alguno en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y los novacianos
bautizan con los mismos tremendos y venerables nombres, y entre ellos jamás se
ha movido cuestión alguna sobre la unidad de la potestad divina, es decir, del
Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
Del ministro de la confirmación
[De la Carta 25 Si instituta eclesiástica a
Decencio, obispo de Gobbio, de 19 de marzo de 416]
(3) Acerca de la confirmación de los niños, es
evidente que no puede hacerse por otro que por el obispo. Porque los
presbíteros, aunque ocupan el segundo lugar en el sacerdocio, no alcanzan, sin
embargo, la cúspide del pontificado. Que este poder pontifical, es decir, el de
confirmar y comunicar el Espíritu Paráclito, se debe a solos los obispos, no
sólo lo demuestra la costumbre eclesiástica, sino también aquel pasaje de los Hechos
de los Apóstoles, que nos asegura cómo Pedro y Juan se dirigieron
para dar el Espíritu Santo a los que ya habían sido bautizados [cf. Act. 8,
14-17]. Porque a los presbíteros que bautizan, ora en ausencia, ora en
presencia del obispo, les es licito ungir a los bautizados con el crisma, pero
sólo si éste ha sido consagrado por el obispo; sin embargo, no les es licito
signar la frente con el mismo óleo, lo cual corresponde exclusivamente a los
obispos, cuando comunican el Espíritu Paráclito. Las palabras, empero, no puedo
decirlas, no sea que parezca más bien que hago traición que no que respondo a
la consulta.
Del ministro de la extremaunción
[De la misma Carta a Decencio]
(8) A la verdad, puesto que acerca de este punto,
como de los demás, quiso consultar tu caridad, añadió también mi hijo Celestino
diácono en su carta que había sido puesto por tu caridad lo que está escrito en
la Epístola del bienaventurado Santiago Apóstol: Si hay entre vosotros algún
enfermo, llame a los presbíteros, y oren sobre él, ungiéndole con óleo en el
nombre del Señor; y la oración de la fe salvará al enfermo y el Señor le
levantará y si ha cometido pecado, se le perdonará [Iac. 5, 14 s]. Lo cual
no hay duda que debe tomarse o entenderse de los fieles enfermos, los cuales
pueden ser ungidos con el santo óleo del crisma que, preparado por el obispo,
no sólo a los sacerdotes, sino a todos los cristianos es licito usar para
ungirse en su propia necesidad o en la de los suyos. Por lo demás, vemos que se
ha añadido un punto superfluo, como es dudar del obispo en cosa que es lícita a
los presbíteros. Porque si se dice a los presbíteros es porque los obispos,
impedidos por otras ocupaciones, no pueden acudir a todos los enfermos. Por lo
demás, si el obispo puede o tiene por conveniente visitar por si mismo a
alguno, sin duda alguna puede bendecir y ungir con el crisma, aquel a quien
incumbe preparar el crisma. Con todo, éste no puede derramarse sobre los
penitentes, puesto que es un género de sacramento. Y a quienes se niegan los
otros sacramentos, ¿cómo puede pensarse ha de concedérseles uno de ellos?
Sobre el primado e infalibilidad del Romano
Pontífice
[De la Carta 29 In requirendis, a los obispos
africanos, de 27 de enero de 417]
(1) Al buscar las cosas de Dios... guardando los
ejemplos de la antigua tradición... habéis fortalecido de modo verdadero... el
vigor de vuestra religión, pues aprobasteis que debía el asunto remitirse a
nuestro juicio, sabiendo qué es lo que se debe a la Sede Apostólica, como
quiera que cuantos en este lugar estamos puestos, deseamos seguir al Apóstol de
quien procede el episcopado mismo y toda la autoridad de este nombre.
Siguiéndole a él, sabemos lo mismo condenar lo malo que aprobar lo laudable. Y,
por lo menos, guardando por sacerdotal deber las instituciones de los Padres,
no creéis deben ser conculcadas, pues ellos; no por humana, sino por divina
sentencia decretaron que cualquier asunto que se tratara, aunque viniera de
provincias separadas y remotas, no habían de considerarlo terminado hasta tanto
llegara a noticia de esta Sede, a fin de que la decisión que fuere justa
quedara confirmada con toda su autoridad y de aquí tomaran todas las Iglesias
(como si las aguas todas vinieran de su fuente primera y por las diversas
regiones del mundo entero manaran los puros arroyos de una fuente incorrupta)
qué deben mandar, a quiénes deben lavar, y a quiénes, como manchados de cieno
no limpiable ha de evitar el agua digna de cuerpos puros.
[Otros escritos de Inocencio I sobre el mismo
asunto, véase Kch 720-726. ]
SAN ZOSIMO, 417-418
II CONCILIO MILEVI, 416 Y XVI CONCILIO
DE CARTAGO, 418
aprobados respectivamente por Inocencio I y por
Zósimo
[Contra los pelagianos]
Del pecado original y de la gracia
Can. 1. Plugo a todos los obispos... congregados en
el santo Concilio de la Iglesia de Cartago: Quienquiera que dijere que el
primer hombre, Adán, fue creado mortal, de suerte que tanto si pecaba como si
no pecaba tenia que morir en el cuerpo, es decir, que saldría del cuerpo no por
castigo del pecado, sino por necesidad de la naturaleza, sea anatema.
Can. 2. Igualmente plugo que quienquiera niegue que
los niños recién nacidos del seno de sus madres, no han de ser bautizados o
dice que, efectivamente, son bautizados para remisión de los pecados, pero que
de Adán nada traen del pecado original que haya de expiarse por el lavatorio de
la regeneración; de donde consiguientemente se sigue que en ellos la fórmula
del bautismo “para la remisión de los pecados”, ha de entenderse no verdadera,
sino falsa, sea anatema. Porque lo que dice el Apóstol: Por un solo hombre
entró el pecado en el mundo y por el pecado la muerte y así a todos los hombres
pasó, por cuanto en aquél todos pecaron [cf. Rom. 5, 12], no de otro modo
ha de entenderse que como siempre lo entendió la Iglesia Católica por el mundo
difundida. Porque por esta regla de la fe, aun los niños pequeños que todavía
no pudieron cometer ningún pecado por sí mismos, son verdaderamente bautizados
para la remisión de los pecados, a fin de que por la regeneración se limpie en
ellos lo que por la generación contrajeron.
Can. 3. Igualmente plugo: Quienquiera dijere que la
gracia de Dios por la que se justifica el hombre por medio de Nuestro Señor
Jesucristo, solamente vale para la remisión de los pecados que ya se han
cometido, pero no de ayuda para no cometerlos, sea anatema.
Can. 4. Igualmente, quien dijere que la misma gracia
de Dios por Jesucristo Señor nuestro sólo nos ayuda para no pecar en cuanto por
ella se nos revela y se nos abre la inteligencia de los preceptos para saber
qué debemos desear, qué evitar, pero que por ella no se nos da que amemos
también y podamos hacer lo que hemos conocido debe hacerse, sea anatema. Porque
diciendo el Apóstol: La ciencia hincha, más la caridad edifica [1 Cor.
8, 1]; muy impío es creer que tenemos la gracia de Cristo para la ciencia que
hincha y no la tenemos para la caridad que edifica, como quiera que una y otra
cosa son don de Dios, lo mismo el saber qué debemos hacer que el amar a fin de
hacerlo, para que, edificando la caridad, no nos pueda hinchar la ciencia. Y como
de Dios está escrito: El que enseña al hombre la ciencia [Ps. 93,
10], así también está: La caridad viene de Dios [1 Ioh. 4, 7].
Can. 5. Igualmente plugo: Quienquiera dijere que la
gracia de la justificación se nos da a fin de que más fácilmente podamos
cumplir por la gracia lo que se nos manda hacer por el libre albedrío, como si,
aun sin dársenos la gracia, pudiéramos, no ciertamente con facilidad, pero
pudiéramos al menos cumplir los divinos mandamientos, sea anatema. De los
frutos de los mandamientos hablaba, en efecto, el Señor, cuando no dijo: “Sin
mí, más dificilmente podéis obrar”, sino que dijo: Sin mí, nada podéis hacer
[Ioh. 15, 5].
Can. 6. Igualmente plugo: I,o que dice el Apóstol
San Juan: Si dijéremos que no tenemos pecado, nos engañamos a nosotros
mismos y la verdad no está en nosotros [1 Ioh. 1, 8], quienquiera pensare
ha de entenderse en el sentido de que es menester decir por humildad que
tenemos pecado, no porque realmente sea así, sea anatema. Porque el Apóstol
sigue y dice: Mas si confesáremos nuestros pecados, fiel es El y justo para
perdonarnos los pecados y limpiarnos de toda iniquidad [1 Ioh. 1, 9]. Donde
con creces aparece que esto no se dice sólo humildemente, sino también
verazmente. Porque podía el Apóstol decir: “Si dijéremos: "no tenemos
pecado", a nosotros mismos nos exaltamos y la humildad no está con
nosotros”; pero como dice: Nos engañamos a nosotros mismos y la verdad no
está en nosotros, bastantemente manifiesta que quien dijere que no tiene
pecado, no habla verdad, sino falsedad.
Can. 7. Igualmente plugo: Quienquiera dijere que en
la oración dominical los Santos dicen: Perdónanos nuestras deudas [Mt.
6, 12], de modo que no lo dicen por sí mismos, pues no tienen ya necesidad de
esta petición, sino por los otros, que son en su pueblo pecadores, y que por
eso no dice cada uno de los Santos: Perdóname mis deudas, sino: Perdónanos
nuestras deudas, de modo que se entienda que el justo pide esto por los
otros más bien que por sí mismo, sea anatema. Porque santo y justo era el
Apóstol Santiago cuando decía: Porque en muchas cosas pecamos todos [Iac.
3, 2]. Pues, ¿por qué motivo añadió “todos”, sino porque esta sentencia
conviniera también con el salmo, donde se lee: No entres en juicio con tu
siervo, porque no se justificará en tu presencia ningún viviente? [Ps. 142, 23. Y en la oración del
sapientísimo Salomón: No hay hombre que no haya pecado [3 Reg. 8, 46]. Y
en el libro del santo Job: En la mano de todo hombre pone un sello, a fin de
que todo hombre conozca su flaqueza [Iob. 37, 7]. De ahí que también
Daniel, que era santo y justo, al decir en plural en su oración: Hemos
pecado, hemos cometido iniquidad [Dan. 9, 5 y 15], y lo demás que allí
confiesa veraz y humildemente; para que nadie pensara, como algunos piensan,
que esto lo decía, no de sus pecados, sino más bien de los pecados de su
pueblo, dijo después: Como... orara y confesara mis pecados y los pecados de
mi pueblo [Dan. 9, 20] al Señor Dios mío; no quiso decir “nuestros pecados”
sino que dijo los pecados de su pueblo y los suyos, pues previó, como profeta, d
éstos que en lo futuro tan mal lo habían de entender.
Can. 8. Igualmente plugo: Todo el que pretenda que
las mismas palabras de la oración dominical: Perdónanos nuestras deudas [Mt.
6, 12], de tal modo se dicen por los Santos que se dicen humildemente, pero no
verdaderamente, sea anatema. Porque, ¿quién puede sufrir que se ore y no a los
hombres, sino a Dios mintiendo; que con los labios se diga que se quiere el
perdón, y con el corazón se afirme no haber deuda que deba perdonarse?
Del primado e infalibilidad del Romano Pontífice
[De la Carta 12 Quamvis Patrum traditio a los
obispos africanos, de 21 de marzo de 418]
Aun cuando la tradición de los Padres ha concedido
tanta autoridad a la Sede Apostólica que nadie se atrevió a discutir su juicio
y sí lo observó siempre por medio de los cánones y reglas, y la disciplina
eclesiástica que aun vige ha tributado en sus leyes al nombre de Pedro, del que
ella misma también desciende, la reverencia que le debe ;... así pues, siendo
Pedro cabeza de tan grande autoridad v habiéndolo confirmado la adhesión de
todos los mayores que la han seguido, de modo que la Iglesia romana está
confirmada tanto por leyes humanas como divinas —y no se os oculta que nosotros
regimos su puesto y tenemos también la potestad de su nombre, sino que lo
sabéis muy bien, hermanos carísimos, y como sacerdotes lo debéis saber—; no
obstante, teniendo nosotros tanta autoridad que nadie puede apelar de nuestra
sentencia, nada hemos hecho que no lo hayamos hecho espontáneamente llegar por
nuestras cartas a vuestra noticia... no porque ignoráramos qué debía hacerse, o
porque hiciéramos algo que yendo contra el bien de la Iglesia había de
desagradar...
Sobre el pecado original
[De la Carta Tractatoria a las Iglesius
orientales, a la diócesis de Egipto, a Constantinopla, Tesalónica y
Jerusalén, enviada después de marzo de 418]
Fiel es el Señor en sus palabras [Ps.
144, 13], y su bautismo, en la realidad y en las palabras, esto es, por obra,
por confesión y remisión de los pecados en todo sexo, edad y condición del
género humano, conserva la misma plenitud. Nadie, en efecto, sino el que es
siervo del pecado, se hace libre, y no puede decirse rescatado sino el que
verdaderamente hubiere antes sido cautivo por el pecado, como está escrito: Si el
Hijo os liberare, seréis verdaderamente libres [Ioh. 8, 36]. Por Él, en
efecto, renacemos espiritualmente, por Él somos crucificados al mundo. Por su
muerte se rompe aquella cédula de muerte, introducida en todos nosotros por
Adán y trasmitida a toda alma; aquella cédula —decimos— cuya obligación
contraemos por descendencia, a la que no hay absolutamente nadie de los
nacidos que no esté ligado, antes de ser liberado por el bautismo.
SAN BONIFACIO I, 418-422
Del primado e infalibilidad del Romano Pontífice
[De la Carta Manet beatum a Rufo y demás
obispos de Macedonia, etc., de 11 de marzo de 422]
Por disposición del Señor, es competencia del
bienaventurado Apóstol Pedro la misión recibida de Aquél, de tener cuidado de
la Iglesia Universal. Y en efecto, Pedro sabe, por testimonio del Evangelio
[Mt. 16, 18], que la Iglesia ha sido fundada sobre él. Y jamás su honor puede
sentirse libre de responsabilidades por ser cosa cierta que el gobierno de
aquélla está pendiente de sus decisiones. Todo ello justifica que nuestra
atención se extienda hasta estos lugares de Oriente, que, en virtud de la
misión a Nos encomendada, se hallan en cierto modo ante nuestros ojos... Lejos
esté de los sacerdotes del Señor incurrir en el reproche de ponerse en
contradicción con la doctrina de nuestros mayores, por intentar una nueva
usurpación, reconociendo tener de modo especial por competidor aquel en quien
Cristo depositó la plenitud del sacerdocio, y contra quien nadie podrá levantarse,
so pena de no poder habitar en el reino de los cielos. A ti, dijo, te
daré las llaves del reino de los cielos [Mt. 16, 19]. No entrará allí nadie
sin la gracia de quien tiene las llaves. Tú eres Pedro, dijo, y sobre
esta piedra edificaré mi Iglesia [M. 16, 18]. En consecuencia, quienquiera
desee verse distinguido ante Dios con la dignidad sacerdotal —como a Dios se
llega mediante la aceptación por parte de Pedro, en quien, es cierto, como
antes hemos recordado, fue fundada la Iglesia de Dios— debe ser manso y
humilde de corazón [Mt. 11, 29], no sea que el discípulo contumaz empiece a
sufrir la pena de aquel doctor cuya soberbia ha imitado...
Ya que la ocasión lo pide, repasad, si os place, las
sanciones de los cánones, hallaréis cuál es, después de la Iglesia Romana, la
segunda iglesia; cuál, la tercera. Con ello aparece distintamente el orden de
gobierno de la Iglesia: los pontífices de las demás iglesias, reconocen que, no
obstante..., forman parte de una misma Iglesia y de un mismo sacerdocio, y que una
y otro, sin menoscabo de la caridad, deben sujeción según la disciplina
eclesiástica. Y, en verdad, esta sentencia de los cánones viene durando desde
la antigüedad y, con el favor de Cristo, perdura en nuestros días. Nadie osó
jamás poner sus manos sobre el que es Cabeza de los Apóstoles, y a cuyo juicio
no es licito poner resistencia; nadie jamás se levantó contra él, sino quien
quiso hacerse reo de juicio. Las antedichas grandes iglesias... conservan por
los cánones sus dignidades: la de Alejandría y la de Antioquía [cf. 163 y 436]
las tienen reconocidas por derecho eclesiástico. Guardan, decimos, lo
establecido por nuestros mayores.... siendo deferentes en todo y recibiendo, en
cambio, aquella gracia que ellos, en el Señor, que es nuestra paz, reconocen
debernos. Pero, ya que las circunstancias lo piden, hay que probar, con
documentos, que las grandes iglesias orientales, en los grandes problemas en
que es necesario mayor discernimiento, consultaron siempre la Sede Romana, y
cuantas veces la necesidad lo exigió recabaron el auxilio de ésta. Atanasio y
Pedro, sacerdotes de santa memoria pertenecientes a la iglesia de Alejandría,
reclamaron el auxilio de esta Sede. Como durante mucho tiempo la iglesia de
Antioquía se hallara en apurada situación, de suerte que por razón de ello a
menudo surgían de allí agitaciones, es sabido que, primero bajo Melecio y luego
bajo Flaviano, acudieron a consultar la Sede Apostólica. Con referencia a la
autoridad de ésta, después de lo mucho que llegó a realizar nuestra Iglesia, a
nadie ofrece duda que Flaviano recibió de ella la gracia de la comunión, de la
que para siempre habría carecido, de no haber manado de ahí escritos sobre el
particular. El príncipe Teodosio, de clementísimo recuerdo, juzgando que la
ordenación de Nectario carecía de firmeza, porque Nos no teníamos noticia de
ella, enviados de su parte cortesanos y obispos, reclamó la ratificación de la
Iglesia Romana, para robustecer la dignidad de aquél J. Poco tiempo ha, es
decir, bajo mi predecesor Inocencio, de feliz recordación, los pontífices de
las iglesias orientales, doliéndose de estar privados de comunión con el
bienaventurado Pedro, pidieron la paz mediante legados, como vuestra caridad
recuerda ~. En aquella ocasión, la Sede Apostólica lo perdonó todo sin dificultad,
obedeciendo a aquel maestro que dijo: A quien algo concedisteis, también se
lo concedí yo; pues también yo [lo que concedí], si algo concedí, lo concedí
por amor vuestro en la persona de Cristo, para que no caigamos en poder de
Satanás; pues no ignoramos sus argucias [2 Cor. 2, 10 s], esto es, que se
alegra siempre en las discordias.
Y puesto
que, hermanos carísimos, los ejemplos expuestos, por más que vosotros tenéis
conocimiento de muchos más, bastan —creo— para probar la verdad, sin lastimar
vuestro espíritu de hermandad queremos intervenir en vuestra asamblea mediante
esta Carta y que veáis que os ha sido dirigida por Nos, por medio de Severo,
notario de la Sede Apostólica, que nos es persona gratísima y ha sido enviado a
vosotros de nuestra parte. Conviniendo, como es cosa digna entre hermanos, en
que nadie, si quiere perseverar en nuestra comunión, traiga otra vez a colación
el nombre de Perígene, hermano nuestro en el sacerdocio, cuyo sacerdocio ya
confirmó una vez el Apóstol Pedro, bajo inspiración del Espíritu Santo, sin
dejar lugar para ulterior cuestión, pues contra él no hay en absoluto
constancia de obstáculo alguno anterior a nuestro nombramiento en favor de él...
[De la Carta 13 Retro maioribus tuis a Rufo,
obispo de Tesalia, de 11 de marzo de 422]
(2) ... Al Sínodo de Corinto... hemos dirigido
escritos por los que todos los hermanos han de entender que no puede apelarse
de nuestro juicio. Nunca, en efecto, fue lícito tratar nuevamente un asunto,
que haya sido una vez establecido por la Sede Apostólica
SAN CELESTINO 1, 422-432
De la reconciliación en el articulo de la muerte
[De la Carta 4 Cuperemus quidem, a los
obispos de las Iglesias Viennense y Narbonense, de 26 de julio de 428]
(2) Hemos sabido que se niega la penitencia a los
moribundos y no se corresponde a los deseos de quienes en la hora de su
tránsito, desean socorrer a su alma con este remedio. Confesamos que nos
horroriza se halle nadie de tanta impiedad que desespere de la piedad de Dios,
como si no pudiera socorrer a quien a Él acude en cualquier tiempo, y librar al
hombre, que peligra bajo el peso de sus pecados, de aquel gravamen del que
desea ser desembarazado. ¿Qué otra cosa es esto, decidme, sino añadir muerte al
que muere y matar su alma con la crueldad de que no pueda ser absuelta? Cuando
Dios, siempre muy dispuesto al socorro, invitando a penitencia, promete así: Al
pecador —dice—, en cualquier día en que se convirtiere, no se le
imputarán sus pecados [cf. Ez. 33, 16]... Como quiera, pues, que Dios es
inspector del corazón, no ha de negarse la penitencia a quien la pida en el
tiempo que fuere...
CONCILIO DE EFESO, 431
III ecuménico (contra los nestorianos)
De la Encarnación l
[De la Carta II de San Cirilo Alejandrino a
Nestorio, leída y aprobada en la sesión I]
Pues, no decimos que la naturaleza del Verbo,
transformada, se hizo carne; pero tampoco que se trasmutó en el hombre entero,
compuesto de alma y cuerpo; sino, más bien, que habiendo unido consigo el
Verbo, según hipóstasis o persona, la carne animada de alma racional, se hizo
hombre de modo inefable e incomprensible y fue llamado hijo del hombre, no por
sola voluntad o complacencia, pero tampoco por la asunción de la persona sola,
y que las naturalezas que se juntan en verdadera unidad son distintas, pero que
de ambas resulta un solo Cristo e Hijo; no como si la diferencia de las
naturalezas se destruyera por la unión, sino porque la divinidad y la humanidad
constituyen más bien para nosotros un solo Señor y Cristo e Hijo por la
concurrencia inefable y misteriosa en la unidad... Porque no nació primeramente
un hombre vulgar, de la santa Virgen, y luego descendió sobre Él el Verbo; sino
que, unido desde el seno materno, se dice que se sometió a nacimiento carnal,
como quien hace suyo el nacimiento de la propia carne... De esta manera [los
Santos Padres] no tuvieron inconveniente en llamar madre de Dios a la santa
Virgen.
Sobre la primacía del Romano Pontífice
[Del discurso de Felipe, Legado del Romano
Pontífice, en la sesión III]
A nadie es dudoso, antes bien, por todos los siglos
fue conocido que el santo y muy bienaventurado Pedro, principe y cabeza de los
Apóstoles, columna de la fe y fundamento de la Iglesia Católica, recibió las llaves
del reino de manos de nuestro Señor Jesucristo, salvador y redentor del género
humano, y a él le ha sido dada potestad de atar y desatar los pecados; y él, en
sus sucesores, vive y juzga hasta el presente y siempre [v. 1824].
Anatematismos o capítulos de Cirilo (contra
Nestorio)
Can. 1. Si alguno no confiesa que Dios es según
verdad el Emmanuel, y que por eso la santa Virgen es madre de Dios (pues dió a
luz carnalmente al Verbo de Dios hecho carne), sea anatema.
Can 2. Si alguno no confiesa que el Verbo de Dios
Padre se unió a la carne según hipóstasis y que Cristo es uno con su propia
carne, a saber, que el mismo es Dios al mismo tiempo que hombre, sea anatema.
Can. 3. Si alguno divide en el solo Cristo las
hipóstasis después de la unión, uniéndolas sólo por la conexión de la dignidad
o de la autoridad y potestad, y no más bien por la conjunción que resulta de la
unión natural, sea anatema.
Can. 4. Si alguno distribuye entre dos personas o
hipóstasis las voces contenidas en los escritos apostólicos o evangélicos o
dichas sobre Cristo por los Santos o por Él mismo sobre sí mismo; y unas las
acomoda al hombre propiamente entendido aparte del Verbo de Dios, y otras, como
dignas de Dios, al solo Verbo de Dios Padre, sea anatema.
Can. 5. Si alguno se atreve a decir que Cristo es
hombre teóforo o portador de Dios y no, más bien, Dios verdadero, como
hijo único y natural, según el Verbo se hizo carne y tuvo parte de modo
semejante a nosotros en la carne y en la sangre [Hebr. 2, 14], sea
anatema.
Can 6. Si alguno se atreve a decir que el Verbo del
Padre es Dios o Señor de Cristo y no confiesa más bien, que el mismo es
juntamente Dios y hombre, puesto que el Verbo se hizo carne, según las
Escrituras [Ioh. 1, 14], sea anatema.
Can. 7. Si alguno dice que Jesús fue ayudado como
hombre por el Verbo de Dios, y le fue atribuída la gloria del Unigénito, como
si fuera otro distinto de Él sea anatema.
Can. 8. Si alguno se atreve a decir que el hombre
asumido ha de ser coadorado con Dios Verbo y conglorificado y, juntamente con
él, llamado Dios, como uno en el otro (pues la partícula “con” esto nos fuerza
a entender siempre que se añade) y no, más bien, con una sola adoración honra
al Emmanuel y una sola gloria le tributa según que el Verbo se hizo carne [Ioh.
1, 14], sea anatema.
Can. 9. Si alguno dice que el solo Señor Jesucristo
fue glorificado por el Espíritu, como si hubiera usado de la virtud de éste
como ajena y de Él hubiera recibido poder obrar contra los espíritus inmundos y
hacer milagros en medio de los hombres, y no dice, más bien, que es su propio
Espíritu aquel por quien obró los milagros, sea anatema.
Can. 10. La divina Escritura dice que Cristo se hizo
nuestro Sumo Sacerdote y Apóstol de nuestra confesión [Hebr. 3, 1] y que
por nosotros se ofreció a sí mismo en olor de suavidad a Dios Padre [Eph.
5, 2]. Si alguno, pues, dice que no fue el mismo Verbo de Dios quien se hizo
nuestro Sumo Sacerdote y Apóstol, cuando se hizo carne y hombre entre
nosotros, sino otro fuera de Él, hombre propiamente nacido de mujer; o si
alguno dice que también por sí mismo se ofreció como ofrenda y no, más bien,
por nosotros solos (pues no tenía necesidad alguna de ofrenda el que no conoció
el pecado), sea anatema.
Can. 11. Si alguno no confiesa que la carne del
Señor es vivificante y propia del mismo Verbo de Dios Padre, sino de otro fuera
de Él, aunque unido a Él por dignidad, o que sólo tiene la inhabitación divina;
y no, más bien, vivificante, como hemos dicho, porque se hizo propia del Verbo,
que tiene poder de vivificarlo todo, sea anatema.
Can. 12. Si alguno no confiesa que el Verbo de Dios
padeció en la carne y fue crucificado en la carne, y gustó de la muerte en la
carne, y que fue hecho primogénito de entre los muertos [Col. 1, 18]
según es vida y vivificador como Dios, sea anatema.
De la guarda de la fe y la tradición
Determinó el santo Concilio que a nadie sea lícito present