MAGISTERIO DE LA IGLESIA
PIO XII, 1939
De la ley natural
[De la Encíclica Summi Pontificatus, de 20 de
octubre de 1939]
Es cosa de todo punto averiguada que la fuente
primera y más profunda de los males que afligen a la moderna sociedad, tiene su
hontanar en el hecho de negarse y rechazarse la norma universal de moralidad,
ya en la vida privada de los individuos, ya en el mismo Estado y en las mutuas
relaciones que ligan a los pueblos y naciones; es decir, que se niega y echa en
olvido la misma ley natural. Esta ley natural estriba, como en su fundamento,
en Dios, omnipotente, creador y padre de todos, y juntamente supremo y
perfectísimo legislador y juez sapientísimo y justísimo de las acciones
humanas. Cuando temerariamente se reniega de la eterna Divinidad, al punto cae
vacilante el principio de toda honestidad, al punto calla la voz de la
naturaleza o se debilita poco a poco; aquella voz que enseña aun a los indoctos
y a las mismas tribus salvajes qué es bueno y qué es malo, qué licito y qué
ilícito, y les avisa que un día habrán de dar cuenta ante el Supremo Juez del
bien y del mal que hubieren hecho.
De la unidad natural del género
humano
[De la misma Encíclica Summi Pontificatus, de
20 de octubre de 1939]
Ese pernicioso error se cifra en el olvido de
aquella mutua unión y caridad humana que piden de consuno el común origen y la
igualdad de la naturaleza racional de todos los hombres, a cualesquiera
naciones pertenezcan...
Los Libros Sagrados... nos cuentan cómo de la
primera pareja de hombre y mujer, tuvieron origen todos los demás hombres, y
nos refieren cómo se diferenciaron en varias tribus y gentes, diseminados por
partes varias del orbe de la tierra... [cita del texto de Act. 17, 26].
Maravillosa visión que nos hace contemplar al género humano uno por su origen
común en el Creador, según aquello: Un solo Dios y Padre de todos, el cual
está sobre todos y por todos y habita en todos nosotros [Eph. 4, 6]; uno
también por naturaleza, que consta igualmente en todos los hombres de cuerpo
material y alma inmortal y espiritual.
Del derecho de gentes
[De la misma Encíclica Summi Pontificatus, de
20 de octubre de 1939]
Aquella concepción, Venerables Hermanos, que
atribuye al Estado un poder casi infinito, resulta un error pernicioso no sólo
para la vida interna de las naciones y para su próspero desenvolvimiento, sino
que daña también a las mutuas relaciones entre los pueblos, como quiera que
rompe aquella unidad con que es menester que todos los Estados estén entre sí enlazados,
despoja al derecho de gentes de su fuerza y su firmeza y, abriendo el camino a
la violación de los derechos ajenos, hace en extremo difícil la pacífica y
tranquila convivencia.
Porque es así que, si bien el género humano, por ley
de orden natural establecida por Dios, se divide en clases de ciudadanos y
también en naciones y Estados que, en lo que atañe a la organización de su
régimen interno, son independientes unos de otros; todavía está ligado por
mutuos vínculos en materia jurídica y moral, y viene a unirse en una universal
y grande comunidad de pueblos que se destina a conseguir el bien de todas las
naciones y se rige por las normas peculiares que protegen la unidad y promueven
su prosperidad.
Ahora bien, no hay quien no vea que estos supuestos
derechos del Estado absolutísimos, y que a nadie absolutamente han de
sujetarse, están en abierta contradicción con esta ley inmanente y natural, y
fundamentalmente la destruyen; y no es menos evidente que aquel poder Absoluto
deja al arbitrio de los gobernantes los legítimos pactos con que las naciones
se unen entre sí, e impide la concordia de todos los ánimos y la entrega mutua
a una eficaz colaboración. Esto ciertamente exigen, Venerables Hermanos, las
armónicas y duraderas relaciones de los Estados, exígenlo los vínculos de la
amistad, de los que sólo bienes han de nacer, que los pueblos reconozcan
debidamente y debidamente obedezcan a los principios y normas del derecho
natural, que ha de regir las relaciones entre las naciones. Por manera semejante,
esos mismos principios mandan que a cada uno se le respete su libertad y a
todos se les concedan aquellos derechos por los que han de vivir y llegar, por
el camino del progreso civil, a una prosperidad cada día mayor; y mandan,
finalmente, que los pactos estipulados y sancionados conforme al derecho de
gentes, se guarden íntegra e inviolablemente.
No hay duda alguna que sólo podrán convivir
pacíficamente las naciones, sólo podrán regirse por relaciones públicas y
jurídicamente estatuídas, cuando exista mutua confianza, cuando todos estén
persuadidos de que por una y otra parte se ha de guardar incólume la fe dada,
cuando todos tengan por axioma que es mejor la sabiduría que las armas
bélicas [cf. Eccl. 9, 18]; y además, cuando estén todos dispuestos a inquirir
y discutir mejor todo asunto, y no dirimir la cuestión por la violencia o la
amenaza, caso que surgieren dilaciones, controversias, dificultades y cambios,
todo lo cual puede originarse no solamente de mala voluntad, sino de un cambio
de circunstancias y de un conflicto real de intereses.
Por otra parte, separar el derecho de gentes del
derecho divino para que estribe como único fundamento en el arbitrio de los
rectores del Estado, no otra cosa significa que derrocar al mismo derecho del
trono de su honor y de su firmeza, y entregarlo al excesivo y apasionado afán
del interés privado y público, únicamente preocupado de hacer valer los propios
derechos, desconociendo los ajenos.
Cierto que en el decurso del tiempo, por un cambio
sustancial de las circunstancias que al firmar el pacto no se preveían y quizá
ni podían preverse, puede un pacto integro o algunas de sus cláusulas resultar
o parecer injusto para una de las partes estipulantes o, por lo menos, serle
demasiado gravosas o no poderse, en fin, llevar a la práctica. Si esto sucede,
no hay duda que debe oportunamente acudirse a una leal y honrada discusión para
modificar oportunamente el pacto o sustituirlo por otro. Mas tenerlos por cosas
transitorias y caducas y atribuirse tácitamente el poder de rescindirlos
siempre que así parezca exigirlo el propio interés, por propia cuenta, sin
consultar y hasta despreciando al otro pactante, es procedimiento que destruye
infaliblemente la debida fe mutua entre los Estados y, por tanto, se trastorna
fundamentalmente el orden de la naturaleza, y pueblos y naciones se separan
entre sí por abismos enormes, imposibles de llenar.
De la esterilización
[Decreto del Santo Oficio, de 24 de febrero de 1940]
Propuesta a la Suprema Sagrada Congregación del
Santo Oficio la duda:
“Si es lícita la esterilización directa, ya
temporal, ya perpetua, tanto del hombre como de la mujer”, los Emmos. y Rvmos.
Padres Sres. Cardenales, encargados de la defensa de las cosas de la fe y
costumbres, el miércoles, día 21 de febrero de 1940, decretaron debía
responderse:
Negativamente y que está prohibida por la ley
natural y que en cuanto a la esterilización eugénica fue reprobada por Decreto
de esta Congregación, el día 21 de marzo de 1931.
Del origen corporal del hombre
[De la alocución de Pío XII el 90 de noviembre de
1941, en la inauguración de curso de la Pontificia Academia de Ciencias]
El hombre, dotado de alma espiritual, fue colocado
por Dios en la cima de la escala de los vivientes, como príncipe y soberano del
reino animal.
Las múltiples investigaciones, tanto de la
paleontología como de la biología y morfología, sobre estos problemas tocantes
a los orígenes del hombre, no han aportado hasta ahora nada de positivamente
claro y cierto. No queda, por tanto, sino dejar al porvenir la respuesta a la
pregunta de si un día la ciencia, iluminada y guiada por la revelación, podrá
ofrecer resultados seguros y definitivos sobre punto tan importante.
De los miembros de la Iglesia
[De la Encíclica Mystici corporis, de 29 de
junio de 1943]
Pero entre los miembros de la Iglesia, sólo se han
de contar de hecho los que recibieron las aguas regeneradoras del Bautismo y
profesan la verdadera fe y ni se han separado ellos mismos miserablemente de la
contextura del cuerpo, ni han sido apartados de él por la legítima autoridad a
causa de gravísimas culpas. Porque todos nosotros —dice el Apóstol— hemos
sido bautizados en un mismo Espíritu para formar un solo cuerpo, ya seamos
judíos, ya gentiles, ya esclavos, ya libres [1 Cor. 12, 13]. Así, pues,
como en la verdadera congregación de los fieles, hay un solo cuerpo, un solo
Espíritu, un solo Señor y un solo bautismo; así no puede haber más que una sola
fe [cf. Eph. 4, 5]; y, por tanto, quien rehusare oír a la Iglesia, según el
mandato del Señor, ha de ser tenido por gentil y publicano [cf. Mt. 18, 17].
Por lo cual, los que están separados entre sí por la fe o por el gobierno, no
pueden vivir en este cuerpo único ni de este su único Espíritu divino.
De la jurisdicción de los
obispos
[De la misma Encíclica Mistici corporis, de
29 de junio de 1943]
Por lo cual, los obispos, no sólo han de ser
considerados como los miembros principales de la Iglesia universal, como
quienes están ligados por vínculo especialísimo con la Cabeza divina de todo el
Cuerpo, por lo que con razón son llamadas “partes primeras de los miembros del
Señor”, sino que, por lo que a su propia diócesis se refiere, apacientan y rigen
en nombre de Cristo como verdaderos pastores la grey que a cada uno le ha sido
confiada [Concilio Vaticano, Constitución de la Iglesia, cap. 3; v. 1828]; sin
embargo, al hacer esto, no son completamente independientes, sino que están
puestos bajo la debida autoridad del Romano Pontífice, aun cuando gozan de
jurisdicción ordinaria, que el mismo Sumo Pontífice les ha inmediatamente
comunicado. Por lo cual, han de ser venerados por los fieles como sucesores de
los Apóstoles por divina institución [cf. CIC 329, 1], y más que a los
gobernantes de este mundo, aun los más elevados, conviene a los obispos
adornados como están con el crisma del Espíritu Santo, aquel dicho: No
toquéis a mis ungidos [1 Par. 16, 22; Ps. 104, 15].
Del Espíritu Santo como alma de
la Iglesia
[De la
misma Encíclica Mystici corporis, de 29 de junio de 1943]
Y si atentamente consideramos este divino principio
de vida y eficacia, dado por Cristo, en cuanto constituye la fuente misma de
todo don y de toda gracia creada, fácilmente entenderemos no ser otro que el
Espíritu Paráclito que procede del Padre y del Hijo y que de modo peculiar es
llamado “Espíritu de Cristo” o “Espíritu del Hijo” [Rom. 8, 9; 2 Cor. 3, 17;
Gal. 4, 6]. Porque con este Espíritu de gracia y de verdad adornó su alma el Hijo
de Dios en el mismo seno incontaminado de la Virgen; este Espíritu tiene sus
delicias en habitar en el alma bienaventurada del Redentor como en su templo
amadísimo; este Espíritu nos mereció Cristo con su sangre derramada en la cruz;
éste, finalmente, alentando sobre los Apóstoles, lo concedió a la Iglesia para
la remisión de los pecados [cf. Ioh. 20, 22]; y mientras solamente Cristo
recibió este Espíritu sin medida [cf. Ioh. 3, 34], a los miembros de su Cuerpo
místico se les reparte la plenitud de Cristo mismo sólo en la medida de la
donación de Cristo [cf. Eph. 1, 8; 4, 7]. Y después que Cristo fue glorificado
en la Cruz, su Espíritu se comunica a la Iglesia con ubérrima efusión, a fin de
que ella cada uno de sus miembros se asemejen cada día más a nuestro Salvador.
El Espíritu de Cristo es el que nos ha hecho hijos adoptivos de Dios [Rom. 8,
14-17; Gal. 4, 6-7], para que contemplando algún día todos nosotros la
gloria del Señor a cara descubierta, nos transformemos en su misma imagen, de
claridad en claridad [2 Cor. 3, 18].
Ahora bien, a este Espíritu de Cristo, como
principio invisible, hay que atribuir también que todas las partes del Cuerpo
estén íntimamente unidas tanto entre sí como con su excelsa Cabeza, como quiera
que Él está todo en la Cabeza, todo en el Cuerpo, todo en cada uno de sus
miembros, en los cuales está presente, asistiéndoles de muchas maneras, según
sus diversos cargos y oficios, según el mayor o menor grado de perfección
espiritual de que gozan. Él, con su celestial hálito de vida, ha de ser
considerado como el principio de toda acción vital y realmente saludable en
todas las partes del cuerpo. Él es el que, aunque por sí mismo se halle
presente en todos los miembros y en ellos obre por su divino influjo, en los
inferiores, sin embargo, obra también por el ministerio de los superiores. Él
es, finalmente, quien a par que coengendra cada día nuevos hijos a la Iglesia
con la inspiración de la gracia, rehusa habitar con su gracia santificante en
los miembros totalmente separados del Cuerpo. Esta presencia y acción del
Espíritu de Jesucristo, la significó breve y concisamente nuestro sapientísimo
predecesor León XIII, de inmortal memoria, en su Carta Encíclica Divinum
lllud con estas palabras: “Baste afirmar que mientras Cristo es la cabeza
de la Iglesia, el Espíritu Santo es su alma”.
De la ciencia del alma de Cristo
[De la misma Encíclica Mystici corporis, de
29 de junio de 1943]
Mas aquel amorosísimo conocimiento que desde el
primer momento de la Encarnación tuvo de nosotros el Redentor divino, está por
encima de todo el alcance escrutador de la mente humana; toda vez que, en
virtud de aquella visión beatífica de que gozó apenas acogido en el seno de la
Madre divina, tiene siempre y continuamente presentes a todos los miembros del
Cuerpo místico y los abraza con su amor salvífico.
De la inhabitación del Espíritu
Santo en las almas
[De la misma Encíclica Mystici corporis, de
29 de junio de 1943]
No ignoramos ciertamente que para la inteligencia y
explicación de esta recóndita doctrina que se refiere a nuestra unión con el
divino Redentor y de modo peculiar a la inhabitación del Espíritu Santo en el
alma, se interponen muchos velos en los que la misma misteriosa doctrina queda
como envuelta en una especie de niebla por la flaqueza de la mente de quienes
la investigan. Pero sabemos también que de la recta y asidua investigación de
esta cuestión, así como del contraste de las varias opiniones y de
coincidencias de pareceres, cuando el amor a la verdad y debido acatamiento a
la Iglesia guían el estudio, brotan y se desprenden preciosos rayos de luz, con
los que se logra un adelanto real también en estas disciplinas sagradas. No
censuramos, por tanto, a quienes usan diversos métodos para penetrar e ilustrar
en lo posible tan profundo misterio de esta admirable unión nuestra con Cristo.
Sin embargo, tengan por norma general e inconcusa, los que no quieran apartarse
de la doctrina genuina y del verdadero magisterio de la Iglesia, que han de
rechazar, tratándose de esta unión mística, toda forma de ella que haga a los
fieles traspasar de cualquier modo el orden de las cosas creadas, e invadir
erróneamente lo divino, de suerte que pudiera decirse de ellos, como propio,
uno solo de los atributos de la sempiterna Divinidad. Y además sostendrán firmemente
y con toda certeza que en estas cosas todo es común a la Santísima Trinidad,
puesto que todo se refiere a Dios como a la suprema causa eficiente.
También es menester que adviertan que aquí se trata
de un misterio oculto, el cual, mientras vivamos en este destierro terrestre,
jamás puede ser totalmente penetrado, descubierto todo velo, ni expresado por
lengua humana. Se dice ciertamente que las divinas Personas inhabitan, en
cuanto, estando ellas presentes de manera inescrutable en las almas creadas dotadas
de inteligencia, son alcanzadas por ellas por medio del conocimiento y el amor;
de modo, sin embargo, que trasciende toda la naturaleza, y totalmente íntimo y
singular. Para acercarnos por lo menos un tanto a contemplarla, no ha de
descuidarse aquel método que en estas materias mucho encarece el Concilio
Vaticano [Ses. 8, Const. de fide Cath. cap. 4; v. 1795]; método que, tratando
de adquirir alguna luz, con que conocer siquiera un poco los arcanos de Dios,
lo consigue comparando los misterios mismos entre sí y con el fin a que están
enderezados. Oportunamente, pues, al hablar nuestro sapientísimo antecesor,
León XIII, de feliz memoria, de esta nuestra unión con Cristo y el divino
Paráclito, que en nosotros habita, vuelve sus ojos a aquella visión beatífica,
por la que esta misma trabazón mística alcanzará un día su consumación y
perfección en los cielos: “Esta maravillosa unión —dice— que por propio nombre
se llama inhabitación, sólo por su condición y estado difiere de aquella por la
que Dios abraza a los bienaventurados beatificándolos”. Por esta visión será
posible, por modo absolutamente inefable, contemplar con los ojos adornados de
sobrenatural luz al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo, asistir de cerca por
toda la eternidad a las procesiones de las divinas Personas y ser
bienaventurados por gozo muy semejante al que hace bienaventurada a la
santísima e individua Trinidad.
Del parentesco entre la
Bienaventurada Virgen María y la Iglesia
[De la misma Encíclica Mystici corporis, de
29 de junio de 1943]
Ella [la Virgen Madre de Dios] fue la que, libre de
toda mancha personal u original, unida siempre estrechísimamente con su Hijo,
lo ofreció como nueva Eva al eterno Padre en el Gólgota, juntamente con el
holocausto de sus derechos maternos y de su materno amor, por todos los hijos
de Adán, manchados con su deplorable pecado; de tal suerte que la que era madre
corporalmente de nuestra Cabeza, fuera hecha espiritualmente por un nuevo
titulo de dolor y de gloria, madre de todos sus miembros. Ella fue la que por
sus eficacísimas súplicas consiguió que el Espíritu del divino Redentor
que ya habla sido dado en la cruz, se comunicara en prodigiosos dones a la
Iglesia recién nacida, el día de Pentecostés, Ella, en fin, soportando con
ánimo esforzado y confiado sus inmensos dolores, como verdadera Reina de los
mártires, más que todos los fieles cumplió lo que falta a los padecimientos
de Cristo... por su Cuerpo, que es la Iglesia [Col. 1, 24], y prodigó al
Cuerpo místico de Cristo, nacido del corazón abierto de nuestro Salvador, el
mismo materno cuidado y la misma intensa caridad con que calentó y amamantó en
la cuna al tierno Niño Jesús.
Ella, pues, Madre Santísima de todos los miembros de
Cristo, a cuyo Corazón Inmaculado hemos consagrado confiadamente a todos los
hombres, y que ahora brilla en el cielo por la gloria de su cuerpo y de su alma
y reina juntamente con su Hijo, obtenga de Él con su apremiante intercesión que
de la excelsa Cabeza desciendan sin interrupción copiosos raudales de gracias
sobre todos los miembros de su místico Cuerpo.
De la autenticidad de la Vulgata
[De la Encíclica Divino afflante Spiritu, de
30 de septiembre de 1943]
En cuanto al hecho de que el Concilio de Trento
quiso que la Vulgata fuera la versión latina, “que todos usasen como
auténtica”, ello a la verdad, como todos saben, sólo se refiere a la Iglesia
latina y al uso público de la Escritura, y, sin género de duda, no disminuye en
modo alguno la autoridad y valor de los textos originales. Porque no se trataba
en aquella ocasión de textos originales, sino de las versiones latinas que en
aquella época corrían, entre las cuales el mismo Concilio decretó con razón que
debía ser preferida aquella que “ha sido aprobada en la Iglesia misma por el
largo uso de tantos siglos”.
Así, pues, esta privilegiada autoridad o, como
dicen, autenticidad de la Vulgata, no fue establecida por el Concilio por
razones principalmente críticas, sino más bien por su uso legítimo en las
Iglesias, durante el decurso de tantos siglos; uso a la verdad, que demuestra
que la Vulgata, tal como la entendió y entiende la Iglesia, está totalmente
inmune de todo error en materias de fe y costumbres; de suerte que, por
testimonio y confirmación de la misma Iglesia, se puede citar con seguridad y
sin peligro de errar en las disputas, lecciones y predicaciones; y, por tanto,
este género de autenticidad no se llama con nombre primario crítica, sino
más bien jurídica. Por lo cual, esta autoridad de la Vulgata en materias
de doctrina no veda en modo alguno —antes, por lo contrario, hoy más bien
exige— que esta misma doctrina se compruebe y confirme también por los textos
primitivos; ni tampoco que corrientemente se invoque el auxilio de esos mismos
textos, con los que dondequiera y cada día más se patentice y exponga el recto
sentido de las Sagradas Letras. Y ni siquiera prohibe el decreto del Concilio
de Trento que, para uso y provecho de los fieles y para más fácil inteligencia
de la divina palabra, se hagan versiones en las lenguas vulgares, y eso aun
tomándolas de los textos originales, como sabemos haberse hecho laudablemente
en muchas partes, con aprobación de la autoridad de la Iglesia.
Del sentido literal y místico de
la Sagrada Escritura
[De la misma Encíclica Divino afflante Spiritu, de
30 de septiembre de 1943]
Armado egregiamente con el conocimiento de las
lenguas antiguas y con los recursos de la crítica, pase el exegeta católico a
aquella tarea que es la suprema que se le impone, a saber: hablar y exponer el
genuino sentido de los Sagrados Libros. Al llevar a cabo esta obra, tengan
presente los intérpretes que su máximo cuidado ha de dirigirse a ver y
determinar con claridad cuál es el sentido de las palabras bíblicas que se
llama literal. Este sentido literal han de averiguar con toda
diligencia por medio del conocimiento de las lenguas, con ayuda del contexto y
de la comparación con pasajes semejantes; a todo lo cual suele también apelarse
en la interpretación de los escritores profanos, a fin de que aparezca patente
y claro el pensamiento del autor. Sólo que los exegetas de las Sagradas Letras,
acordándose que aquí se trata de una palabra divinamente inspirada, cuya
custodia e interpretación fue por Dios mismo confiada a la Iglesia, no han de
tener menos diligentemente en cuenta las explicaciones y declaraciones del
magisterio de la Iglesia, así como la interpretación dada por los Santos Padres
y la “analogía de la fe”, como sapientísimamente advierte León XIII en su Carta
Encíclica Providentissimus Deus. Traten también con singular empeño de
no exponer solamente —cosa que con dolor vemos se hace en algunos comentarios—
las cosas que atañen a la historia, arqueología, filología y otras disciplinas
por el estilo; sino que, sin dejar de alegarlas oportunamente, en cuanto pueden
contribuir a la exégesis, muestren sobre todo cuál es la doctrina teológica de
cada uno de los libros o textos sobre la fe y las costumbres, de suerte que
esta su exposición no sólo sirva a los maestros de teología para proponer y
confirmar los dogmas de la fe, sino que ayude también a los sacerdotes para
explicar ante el pueblo la doctrina cristiana y, en fin, a todos los fieles,
para llevar una vida santa y digna del hombre cristiano.
Como den tal interpretación, ante todo, como hemos
dicho, teológica, eficazmente reducirán a silencio a quienes, afirmando que en
los comentarios bíblicos apenas hallan nada que eleve la mente a Dios, nutra el
espíritu y promueva la vida interior, andan repitiendo que hay que acudir a no
sabemos qué interpretación espiritual que ellos llaman mística. Cuán poco
acertado sea su sentir, enséñalo la misma experiencia de muchos que, meditando
y considerando una y otra vez la palabra de Dios, han perfeccionado su espíritu
y se han sentido movidos de vehemente amor a Dios, y lo mismo ponen de
manifiesto la constante instrucción de la Iglesia y los avisos de los más
grandes Doctores.
A la verdad,
no se excluye de la Sagrada Escritura todo sentido espiritual. Porque las cosas
dichas o hechas en el Antiguo Testamento, de tal manera fueron
sapientísimamente dispuestas y ordenadas por Dios, que las pasadas significaran
de manera espiritual anticipadamente las que estaban por venir en la Nueva
Alianza de la gracia. Por ello, el exegeta, así como debe hallar y exponer el
que llaman sentido literal de las palabras, cual el hagiógrafo lo intentara y
expresara, así también ha de hacer con el espiritual, con tal que debidamente
conste que éste fue dado por Dios. Puesto que solamente Dios pudo conocer y
revelarnos este sentido espiritual. Ahora bien, en los Santos Evangelios nos
indica y enseña este sentido el mismo Salvador divino lo profesan también los
Apóstoles de palabra y por escrito, imitando el ejemplo de su Maestro; lo
demuestra la doctrina perpetuamente enseñada por la Iglesia, y nos lo declara,
finalmente, el uso antiquísimo de la Liturgia, dondequiera que pueda
debidamente aplicarse el conocido axioma: “La ley de orar es la ley de creen”.
Así, pues, este sentido espiritual intentado y ordenado por el mismo Dios,
descúbranlo y propónganlo los exegetas católicos con aquella diligencia que la
dignidad de la palabra divina reclama; pero guarden religiosa cautela de no
proponer, como genuino sentido de la Sagrada Escritura, otros sentidos
traslaticios.
De los géneros literarios en la
Sagrada Escritura
[De la misma Encíclica Divino afflante Spiritu, de
30 de septiembre de 1943]
Así, pues, el intérprete, con todo empeño y sin
descuidar luz alguna que hayan aportado las investigaciones modernas,
esfuércese por averiguar cuál fue el carácter y condición de vida del escritor
sagrado, en qué edad floreció, qué fuentes utilizó ya escritas ya orales y qué
formas de decir empleó. Porque así podrá conocer más plenamente quién haya sido
el hagiógrafo y qué haya querido significar al escribir. Porque a nadie se le
oculta que la norma suprema de la interpretación es aquella por la que se
averigua y define qué es lo que el escritor intentó decir, como egregiamente lo
advierte San Atanasio: “Aquí, como conviene hacerlo en todos los otros pasajes
de la Sagrada Escritura, hay que observar con qué ocasión habló el Apóstol; hay
que atender cuidadosa y fielmente cuál es la persona y cuál el asunto que le
movió a escribir, no sea que ignorándolo o entendiendo otra cosa distinta, nos
descaminemos de su verdadero sentir”.
Por otra parte, cuál sea el sentido literal, no está
muchas veces tan claro en las palabras y escritos de los antiguos orientales,
como en los escritores de nuestra época. Y efectivamente, qué quisieron ellos
dar a entender con sus palabras, no se determina solamente por las leyes de la
gramática y de la filología, ni sólo por el contexto del discurso; sino que es
de todo punto necesario que el intérprete se traslade, como si dijéramos,
mentalmente a aquellos remotos siglos de Oriente a fin de que, debidamente
ayudado por los recursos de la historia, de la arqueología, de la etnología y
de otras disciplinas, discierna y claramente vea qué géneros literarios, como
dicen, quisieron usar y de hecho usaron los escritores de aquella vetusta edad.
Porque los antiguos orientales no siempre empleaban, para expresar sus
conceptos, las mismas formas y el mismo estilo que nosotros hoy, sino más bien
aquellas que se usaban entre los hombres de su tiempo y de su tierra. Cuáles
fueran esas formas, el exegeta no lo puede establecer como de antemano, sino
solamente por la cuidadosa investigación de las antiguas literaturas de
Oriente. Ahora bien, esta investigación, llevada a cabo en estos últimos
decenios con mayor cuidado y diligencia que antes, ha manifestado con más
claridad qué formas de decir se usaron en aquellos antiguos tiempos, ora en la
descripción poética de las cosas, ora en el establecimiento de las normas y
leyes de la vida, ora, en fin, en la narración de los hechos y acontecimientos.
Esta misma investigación ha probado lúcidamente que el pueblo israelítico se
aventajó singularmente entre las demás naciones de Oriente a escribir bien la
historia tanto por su antigüedad, como por la fiel relación de los hechos, lo
cual, a la verdad, se deduce del carisma de la divina inspiración y del fin
peculiar de la historia bíblica que pertenece a la religión. Sin embargo, que
también en los escritores sagrados, como en los demás antiguos, se hallan artes
determinadas de exponer y de narrar, idiotismos especiales, propios
particularmente de las lenguas semíticas, las que se llaman aproximaciones, determinadas
hipérboles de lenguaje, y hasta a veces también paradojas con que las cosas se
imprimen mejor en la mente, cosa es que no puede ciertamente sorprender a
quienquiera sienta rectamente de la inspiración bíblica. Porque ninguna de
aquellas maneras de hablar de que entre los antiguos, y señaladamente entre los
orientales, se valía el lenguaje humano para expresar el pensamiento, es ajena
a los Libros Sagrados, con la condición, sin embargo, que el genero de decir
empleado no repugne en modo alguno a la santidad ni a la verdad de Dios, como
lo advierte con su peculiar sagacidad el mismo Angélico Doctor con estas
palabras: “En la Escritura las cosas divinas se nos dan al modo como suelen usar
los hombres”. Porque a la manera como el Verbo sustancial de Dios, se hizo
semejante a los hombres en todo “excepto el pecado” [Hebr. 4, 15], así las
palabras de Dios expresadas por lenguas humanas, se han hecho en todo
semejantes al humano lenguaje, excepto en el error; y esto fue lo que ya San
Juan Crisóstomo exaltó con suma alabanza como una ~rVyK~I, d/3a.o'~S O condescendencia
de Dios providente, y afirmó que se da una y muchas veces en los Libros
Sagrados.
Por esto, para satisfacer debidamente a las necesidades
actuales de la ciencia bíblica en la exposición de la Sagrada Escritura y en la
demostración y comprobación de su inmunidad de todo error, válgase también
prudentemente el exegeta católico del subsidio de averiguar hasta qué punto la
forma de decir o género literario empleado por el hagiógrafo, pueda contribuir
a su verdadera y genuina interpretación; y persuádase que no puede descuidar
esta parte de su oficio sin gran menoscabo de la exégesis católica. Porque no
raras veces —para no tocar más que este punto— cuando algunos en son de
reproche cacarean que los autores sagrados se descarriaron de la fidelidad
histórica o que contaron las cosas con menos exactitud, se averigua no tratarse
de otra cosa que de los acostumbrados y originales modos de hablar y narrar que
corrientemente solían emplearse en el mutuo trato humano y que de hecho se
empleaban por lícita y general costumbre. Conocidas, pues, y exactamente
apreciadas las maneras y artes de hablar de los antiguos, podrán resolverse
muchas dificultades que se objetan contra la verdad y fidelidad históricas de
las Divinas Letras, y no menos aptamente conducirá tal estudio a un más pleno y
luminoso conocimiento de la mente del Autor sagrado.
De los fines del matrimonio
[Decreto del Santo Oficio, de 1º de abril de 1944]
Sobre los fines del matrimonio y su relación y
orden, han aparecido en estos últimos años algunos escritos que afirman o que
el fin primario del matrimonio no es la procreación de los hijos o que los
fines secundarios no están subordinados al primario, sino que son
independientes del mismo.
En estas elucubraciones, unos asignan un fin
primario al matrimonio; otros, otro; por ejemplo: el complemento y perfección
personal de los cónyuges por medio de la omnímoda comunión de vida y acción; el
fomento y perfección del mutuo amor y unión de los cónyuges por medio de la
entrega psíquica y somática de la propia persona, y otros muchos por el estilo.
En estos escritos, se atribuye a veces a palabras que ocurren en documentos de
la Iglesia (como son, por ejemplo, fin primario y secundario), un sentido que
no conviene a estas voces según el uso común de los teólogos. Este nuevo modo
de pensar y de hablar es propio para fomentar errores e incertidumbres; mirando
de apartarlas, los Emmos. y Rvmos. Padres de esta Suprema Sagrada Congregación
encargados de la tutela de las cosas de fe y costumbres, en sesión plenaria
habida el miércoles, día 29 de marzo de 1944, habiéndose propuesto la duda: “Si
puede admitirse la sentencia de algunos modernos que niegan que el fin primario
del matrimonio sea la procreación y educación de los hijos, o enseñan que los
fines secundarios no están esencialmente subordinados al fin primario, sino que
son igualmente principales e independientes”, decretaron debía responderse:
Negativamente.
Del milenarismo (quiliasmo)
[Decreto del Santo Oficio, de 21 de julio de 1944]
En estos últimos tiempos se ha preguntado más de una
vez a esta Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio qué haya de sentirse
del sistema del milenarismo mitigado, es decir, del que enseña que Cristo
Señor, antes del juicio final, previa o no la resurrección de muchos justos, ha
de venir visiblemente para reinar en la tierra.
Resp.: El sistema del milenarismo mitigado no puede enseñarse con seguridad.
De la presencia de Cristo en los
misterios de la Iglesia
[De la Encíclica Mediator Dei, de 20 de
noviembre de 1947]
En toda acción litúrgica Juntamente con la Iglesia
está presente su divino Fundador; presente está Cristo en el augusto Sacrificio
del altar, ora en la persona de sus ministros, ora sobre todo bajo las especies
eucarísticas; presente está en los sacramentos por su virtud, la cual trasfunde
en ellos, como instrumentos para producir. la santidad; presente está
finalmente en las alabanzas y súplicas elevadas a Dios, según su palabra: Dondequiera
hay dos o más reunidos en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos [Mt.
18, 20]...
Por eso el año litúrgico, al que alimenta y acompaña
la piedad de la Iglesia, no es fría e inerte representación de cosas que
pertenecen a tiempos pasados, ni mero y desnudo recuerdo de una edad anterior.
Sino que es más bien Cristo mismo que sigue en su Iglesia y continúa aquel
camino de su inmensa misericordia que Él mismo inició en esta vida mortal,
cuando pasaba haciendo bien, con el piadosísimo designio de que las almas de
los hombres se pusiesen en contacto con sus misterios, y por ellos, en cierto
modo, vivieran. Los cuales misterios, por cierto, están constantemente
presentes y obran a la manera no indeterminada y medio oscura de que hablan
neciamente algunos escritores modernos, sino de la manera que nos enseña la
doctrina católica; pues, según sentir de los Doctores de la Iglesia, son no
solamente ejemplos eximios de cristiana perfección, sino fuentes también de la
divina gracia, por los méritos y oraciones de Cristo, y por su efecto perduran
en nosotros, como quiera que cada uno, según su índole, es a su modo causa de
nuestra salvación.
De la genuina noción de la
Liturgia
[De la misma Encíclica Mediator Dei, de 20 de
noviembre de 1947]
La sagrada Liturgia, consiguientemente, constituye
el culto público que nuestro Redentor, Cabeza de la Iglesia, tributa al Padre
celestial y el que la sociedad de los fieles tributa a su Fundador y por Él al
eterno Padre; y, para decirlo todo brevemente, constituye el culto público
íntegro del Cuerpo místico de Jesucristo, es decir, de la Cabeza y de sus
miembros...
Por eso, totalmente se desvían de la verdadera y
genuina noción e idea de la Liturgia, quienes la consideran sólo como la parte
externa y sensible del culto divino o un bello aparato de ceremonias; y no
yerran menos quienes la reputan como un conjunto de leyes y preceptos con que
la jerarquía eclesiástica manda que se cumplan y ordenen los ritos sagrados.
De la relación entre la vida
ascética y la piedad de la Liturgia
[De la misma Encíclica Mediator Dei, de 20 de
noviembre de 1947]
Consiguientemente, en la vida espiritual, no puede
darse discrepancia ni oposición alguna entre la acción divina que infunde la
gracia en las almas para perpetuar nuestra redención y la simultánea y
laboriosa cooperación del hombre, que no ha de hacer vano el don de Dios [cf. 2
Cor. 6, l]; tampoco entre la eficacia del rito externo de los sacramentos que
proviene ex opere operato y el acto meritorio de aquellos que los
administran o reciben, acto que llamamos opus operantis, y por modo
semejante, entre las súplicas públicas y las oraciones privadas; entre la recta
manera de obrar y la contemplación de las cosas de arriba; entre la vida
ascética y la piedad de la Liturgia, ni, finalmente, entre la jurisdicción y
legítimo magisterio de la jerarquía eclesiástica y aquella potestad que
propiamente se llama sacerdotal y que se ejerce en el sagrado ministerio.
Por graves motivos, la Iglesia prescribe a los que
por cargo oficial sirven al altar y a los que han abrazado la vida religiosa
que en determinados tiempos se den a la piadosa meditación, al diligente
examen y enmienda de su conciencia y demás espirituales ejercicios, pues ellos
de modo peculiar están destinados a desempeñar las funciones litúrgicas del
sacrificio y de la alianza divina. Indudablemente, la oración litúrgica, por
ser la pública plegaria de la ínclita esposa de Jesucristo, aventaja en
excelencia a las oraciones privadas. Pero esta superior excelencia no significa
en modo alguno que haya discrepancia o repugnancia entre estas dos especies de
oración. En efecto, como uno solo y mismo sentimiento anima a las dos,
juntamente confluyen y se concilian conforme a la palabra: Todo y en todas
las cosas Cristo [Col. 3, 11]; y a un mismo fin se enderezan. a que
Cristo se forme en nosotros [Gal. 4, 19].
De la participación de los
fieles en el sacerdocio de Cristo
[De la misma Encíclica Mediator Dei, de 20 de
noviembre de 1947]
Conviene... que todos los fieles se den cuenta de
que su deber supremo, a par que su suprema dignidad, es participar del
sacrificio eucarístico...
Sin embargo, del hecho de que los fieles participan
del sacrificio eucarístico, no se sigue que gocen también de dignidad
sacerdotal. Esto es de todo punto necesario que lo pongáis bien claro ante los
ojos de vuestra grey.
Porque hay en la actualidad quienes volviendo a
errores ya de antiguo condenados, enseñan que en el Nuevo Testamento solamente
se entiende por sacerdocio lo que atañe a todos los que han sido purificados
por las aguas del bautismo y que el mandato de Jesús a los Apóstoles de que
hicieran lo mismo que Él había hecho, pertenece directamente a toda la
comunidad de los fieles y, consiguientemente, que sólo posteriormente se
constituyó el sacerdocio jerárquico. De ahí que opinan que el pueblo goza de
verdadera potestad sacerdotal y que el sacerdote solamente obra por función
delegada de la comunidad. Por eso tienen el sacrificio eucarístico por
verdadera concelebración y opinan que vale más que los sacerdotes “concelebren”
juntamente con el pueblo presente que no que ofrezcan el sacrificio sin la
presencia del pueblo.
Es ocioso explicar cuánto contradicen estos
capciosos errores a las verdades que ya antes hemos dejado asentadas al tratar
del grado de que goza el sacerdote en el cuerpo místico de Cristo. Una cosa,
sin embargo, creemos oportuno recordar y es que el sacerdote solamente
representa al pueblo porque representa la persona de Nuestro Señor Jesucristo
en cuanto es Cabeza de todos los miembros y por ellos se ofrece a sí mismo, y
que se acerca, por ende al altar como ministro de Cristo, inferior ciertamente
a Cristo, pero superior al pueblo. El pueblo, en cambio, puesto que por ningún
concepto representa la persona del divino Redentor ni es mediador entre si
mismo y Dios, de ningún modo puede gozar de derecho sacerdotal. Todo esto
consta por certeza de fe; sin embargo, fuera de eso, hay que afirmar que
también los fieles ofrecen la divina víctima, aunque de diverso modo.
Así lo declararon ya luminosamente algunos de
nuestros antecesores y doctores de la Iglesia. “No sólo —dice Inocencio III, de
inmortal memoria— ofrecen los sacerdotes, sino todos los fieles: porque lo que
especialmente se cumple por ministerio de los sacerdotes, se hace
universalmente por deseo de los fieles”. Y nos place aducir uno siquiera de los
muchos dichos de San Roberto Belarmino a este propósito: “El sacrificio —dice—
se ofrece principalmente en la persona de Cristo; así, pues, esta oblación que
sigue a la consagración es como una testificación de que toda la Iglesia
consiente en la oblación hecha por Cristo y de que juntamente con Él la
ofrece”. No menos claramente indican y manifiestan también los ritos y
oraciones del sacrificio eucarístico que la oblación de la victima es hecha por
los sacerdotes juntamente con el pueblo...
Ni es de maravillar que los fieles sean elevados a
semejante dignidad. Porque por el lavatorio del bautismo, son hechos los
cristianos por título general, en el Cuerpo místico, miembros de Cristo
sacerdote y en virtud del carácter que queda como esculpido en su alma, son
diputados para el culto divino y, consiguientemente, participan, según su
condición, del sacerdocio de Cristo...
Pero hay también una razón íntima para que pueda
decirse que también los fieles, mayormente los que asisten al altar, ofrecen el
Sacrificio.
Para que en materia tan grave no se deslice un
pernicioso error, es preciso circunscribir la voz “ofrecer” dentro de los
límites de su propia significación. Efectivamente, aquella incruenta
inmolación, por la que, pronunciadas las palabras de la consagración, Cristo se
hace presente en estado de víctima sobre el altar, se realiza por solo el
sacerdote, en cuanto representa la persona de Cristo, no en cuanto representa a
los fieles. Mas por el hecho de que el sacerdote pone sobre el altar la victima
divina, preséntala como oblación a Dios Padre para gloria de la Santísima
Trinidad y en bien de toda la Iglesia. Ahora bien, en esta oblación,
estrictamente dicha, los fieles participan a su modo y por doble razón: porque
no sólo por manos del sacerdote, sino con él en cierto modo ofrecen también el
sacrificio: por esta participación, también la oblación del pueblo forma parte
del culto litúrgico mismo.
Ahora, que los fieles ofrecen el sacrificio por
manos del sacerdote es evidente por el hecho de que el ministro del altar
representa la persona de Cristo, y como Cabeza que ofrece en nombre de todos
los miembros; de donde resulta que con razón se dice que toda la Iglesia
presenta por medio de Cristo la oblación de la victima. Mas que el pueblo
ofrezca juntamente con el sacerdote, no se establece por razón de que los
miembros de la Iglesia realicen el rito litúrgico visible de la misma manera
que el sacerdote, cosa que atañe sólo al ministro divinamente diputado para
ello; sino porque une sus votos de alabanza, de impetración, de expiación y de
acción de gracias con los votos o intención de la mente del sacerdote y hasta
del mismo Sumo Sacerdote, con el fin de que sean presentados a Dios Padre en la
misma oblación de la victima, aun por el rito externo del sacerdote. En efecto,
es menester que el rito externo del sacrificio, por su misma naturaleza,
manifieste el culto interno; y el sacrificio de la nueva Ley significa aquel
supremo acatamiento con que el mismo principal oferente que es Cristo, y por Él
todos sus miembros místicos, honran y veneran a Dios con el debido honor.
De la materia y forma del
sacramento del orden
[Constitución Apostólica Sacramentum
ordinis, de 30 de noviembre de 1947]
1. La fe católica profesa que el sacramento del
orden instituído por Cristo Señor, y por el que se da el poder espiritual y se
confiere gracia para desempeñar debidamente los deberes eclesiásticos, es uno y
el mismo para toda la Iglesia... Ni tampoco en el decurso de los siglos
sustituyó o pudo la Iglesia sustituir con otros sacramentos los instituidos por
Cristo Señor, como quiera que, según la doctrina del Concilio de Trento, los
siete sacramentos de la nueva Ley han sido todos instituídos por Jesucristo
nuestro Señor y ningún poder compete a la iglesia sobre “la sustancia de los
sacramentos”, es decir, sobre aquellas cosas que, conforme al testimonio de las
fuentes de la revelación, Cristo Señor estatuyó debían ser observadas en el
signo sacramental...
3. Ahora bien, es sentir constante de todos que los
sacramentos de la nueva Ley, como signos que son sensibles y eficientes de la
gracia invisible, no sólo deben significar la gracia que producen, sino
producir la que significan. Ahora bien, los efectos que deben producirse y, por
ende, significarse, por la sagrada ordenación del diaconado, del presbiterado y
del episcopado, que son la potestad y la gracia, en todos los ritos de la
Iglesia universal de todos los tiempos y regiones se ve que están
suficientemente significados por la imposición de manos y las palabras que la
determinan. Y además, nadie hay que ignore que la Iglesia Romana tuvo siempre
por válidas las órdenes conferidas por el rito griego sin la entrega de los
instrumentos, de suerte que en el mismo Concilio de Florencia en que se hizo la
unión de los griegos con la Iglesia Romana, en modo alguno se impuso a los
griegos que cambiaran el rito de la ordenación o le añadieran la entrega de los
instrumentos; es más, la Iglesia quiso que en la misma Urbe los griegos se
ordenaran según su propio rito. De donde se colige que ni siquiera, según la
mente del Concilio de Florencia, se requiere por voluntad del mismo Señor nuestro
Jesucristo la entrega de los instrumentos para la validez y sustancia de este
sacramento. Y si alguna vez por voluntad y prescripción de la Iglesia aquélla
ha sido también necesaria para la validez, todos saben que la Iglesia tiene
poder para cambiar y derogar lo que ella ha estatuído.
4. Siendo esto así, después de invocar la lumbre
divina, con nuestra suprema potestad apostólica y a ciencia cierta,
declaramos y, en cuanto preciso sea, decretamos y disponemos: Que la materia
única de las sagradas órdenes del diaconado, presbiterado y episcopado es la
imposición de las manos, y la forma, igualmente única, son las palabras que
determinan la aplicación de esta materia, por las que unívocamente se
significan los efectos sacramentales —es decir, la potestad de orden y la
gracia del Espíritu Santo— y que por la Iglesia son recibidas y usadas como
tales. De aquí se sigue que declaremos, como, para cerrar el camino a toda
controversia y ansiedad de conciencia, con nuestra autoridad apostólica
realmente declaramos y, si alguna vez legítimamente se hubiere dispuesto otra
cosa, estatuimos que, por lo menos en adelante, la entrega de los instrumentos
no es necesaria para la validez de las sagradas órdenes de diaconado,
presbiterado y episcopado.
5. En cuanto a la materia y forma en la colación de
cada una de las órdenes, por nuestra misma suprema autoridad apostólica
decretamos y constituimos lo que sigue: En la ordenación diaconal, la materia
es la imposición de manos del obispo que en el rito de esta ordenación sólo
ocurre una sola vez. La forma consta de las palabras “del Prefacio” de las que
son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez las siguientes: “Envía
sobre él, te rogamos, Señor, al Espíritu Santo por el que sea robustecido con
el don de tu gracia septiforme para cumplir fielmente la obra de tu
ministerio”. En la ordenación presbiteral, la materia es la primera imposición
de manos del obispo que se hace en silencio, pero no la continuación de la
misma imposición por medio de la extensión de la mano derecha, ni la última a
que se añaden las palabras: “Recibe el Espíritu Santo: a quien perdonares los
pecados, etc.”. La forma consta de las palabras del “Prefacio” de las que son
esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, las siguientes: “Da, te
rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo la dignidad del Presbiterio;
renueva en sus entrañas el espíritu de santidad para que alcance recibido de
ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su
conducta la severidad de las costumbres”. Finalmente, en la ordenación o
consagración episcopal, la materia es la imposición de las manos que se hace
por el Obispo consagrante. La forma consta de las palabras del “Prefacio” de
las que son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, las
siguientes: “Completa en tu Sacerdote la suma de tu ministerio y, provisto de
los ornamentos de toda glorificación, santifícalo con el rocío del ungüento
celeste...
6. Y para que no se dé lugar a dudas, mandamos que
en la colación de cualquier orden, se haga la imposición de manos tocando
físicamente la cabeza del ordenando, si bien el contacto moral basta para
conferir válidamente el sacramento... Las disposiciones de esta nuestra
constitución no tienen fuerza retroactiva...
Del tiempo de los documentos del
Pentateuco y del genero literario de los once primeros capítulos del Génesis
[Carta del Secretario de la Comisión Bíblica al
Cardenal Suhard, arzobispo de París, fecha a 16 de enero de 1948]
El Padre Santo se ha dignado confiar al examen de la
Pontificia Comisión Bíblica, dos cuestiones que fueron recientemente sometidas
a Su Santidad acerca de las fuentes del Pentateuco y de la historicidad de los
once primeros capítulos del Génesis. Estas dos cuestiones, con sus
considerandos y votos, han sido objeto del más atento estudio por parte de los
Rvmos. Consultores y de los Eminentísimos Cardenales, miembros de dicha
Comisión. Como resultado de sus deliberaciones, Su Santidad se ha dignado
aprobar la respuesta siguiente en la audiencia concedida al que suscribe con
fecha de 16 de enero de 1948.
La Pontificia Comisión Bíblica se complace en rendir
homenaje al sentimiento de filial confianza que ha inspirado este paso y desea
corresponder a él por un esfuerzo sincero de promover los estudios bíblicos,
asegurándoles, dentro de los limites de la enseñanza tradicional de la Iglesia,
la más completa libertad. Esta libertad ha sido explícitamente afirmada por la
Encíclica Divino afflante Spiritu del soberano Pontífice gloriosamente
reinante en estos términos: “El exegeta católico, llevado de activo y fuerte
amor de su propia ciencia, y sinceramente adicto a la Santa Madre Iglesia, por
nada ha de cejar en su empeño de acometer una y otra vez las cuestiones difíciles
que hasta el presente no han sido resueltas, no sólo para rechazar las
objeciones de los adversarios, sino para tratar de hallar una sólida
explicación que, por una parte, esté fielmente de acuerdo con la doctrina de la
Iglesia, señaladamente con lo que enseña sobre la inmunidad de todo error en la
Sagrada Escritura, y, por otra, satisfaga del modo debido a las conclusiones
ciertas de las disciplinas profanas.
Ahora bien, recuerden todos los demás hijos de la
Iglesia que los esfuerzos de estos denodados obreros de la viña del Señor, han
de ser juzgados no sólo con ánimo de justicia y equidad, sino con suma caridad;
y apártense de aquel afán nada prudente por el que se cree que todo lo nuevo,
por el hecho de ser nuevo, ha de ser condenado o tenido por sospechoso”.
Si a la luz de esta recomendación del soberano
Pontífice se entienden e interpretan las tres respuestas oficiales dadas antaño
por la Comisión Bíblica a propósito de las antes mentadas cuestiones; a saber,
el 23 de junio de 1905 sobre los relatos que sólo tendrían apariencia histórica
en los libros históricos de la Sagrada Escritura (EB 154), el 27 de junio de
1906 sobre la autenticidad mosaica del Pentateuco (EB 174-177), y el 30 de
junio de 1939 sobre el carácter histórico de los tres primeros capítulos del
Génesis (EB 332-339), se concederá que estas respuestas no se oponen en modo
alguno a un examen ulterior verdaderamente científico de estos problemas, según
los resultados obtenidos durante estos últimos cuarenta años. En consecuencia, la
Comisión Bíblica no cree que haya lugar a promulgar, por lo menos de momento,
nuevos decretos a propósito de estas cuestiones.
En lo que a la composición del Pentateuco se
refiere, la Comisión Bíblica reconocía ya en el mentado Decreto de 27 de junio
de 1906 que se podía afirmar que Moisés “para componer su obra se sirvió de
documentos escritos o de tradiciones orales” y admitir también modificaciones y
adiciones posteriores a Moisés (EB 176-177). Hoy no hay nadie que ponga en duda
la existencia de estas fuentes y no admita un acrecimiento progresivo de las
leyes mosaicas, debido a las condiciones sociales y religiosas de los tiempos
posteriores, progresión que se manifiesta también en los relatos históricos.
Sin embargo, aun en el campo de los exegetas no
católicos, se profesan hoy día opiniones muy divergentes respecto a la
naturaleza y el número de tales documentos, su denominación y su fecha. Ni
siquiera faltan en diferentes países, autores que, por razones puramente
críticas e históricas, y sin intención alguna apologética, rechazan
resueltamente las teorías más en boga hasta ahora, y buscan la explicación de
ciertas particularidades redaccionales del Pentateuco, no tanto en la
diversidad de los supuestos documentos, cuanto en la psicología especial, en
los procedimientos particulares, mejor conocidos hoy día, del pensamiento y de
la expresión de los orientales, o también en el diferente género literario
postulado por la diversidad de materias. Por eso, invitamos a los sabios
católicos a estudiar estos problemas sin prejuicio alguno, a la luz de una sana
crítica y de los resultados de las otras ciencias interesadas en estas
materias, y este estudio establecerá sin duda la gran parte y la profunda
influencia de Moisés como autor y como legislador.
La cuestión de las formas literarias de los once
primeros capítulos del Génesis es mucho más oscura y compleja. Estas formas
literarias no responden a ninguna de nuestras categorías clásicas y no pueden
ser juzgadas a la luz de los géneros literarios grecolatinos o modernos. No
puede consiguientemente negarse ni afirmarse en bloque la historicidad de estos
capítulos sin aplicarles indebidamente las normas de un género literario bajo
el cual no pueden ser clasificados. Si se admite que en estos capítulos no se encuentra
historia en el sentido clásico y moderno, hay que confesar también que los
datos científicos actuales no permiten dar una solución positiva a todos los
problemas que plantea... Declarar a priori que sus relatos no contienen
historia en el sentido moderno de la palabra, dejaría fácilmente entender que
no la contienen en ningún sentido, cuando en realidad cuentan en lenguaje
sencillo y figurado, adaptado a las inteligencias de una humanidad menos
desarrollada, las verdades fundamentales presupuestas a la economía de la
salvación, al mismo tiempo que la descripción popular de los orígenes del
género humano y del pueblo escogido...
De la fecundación artificial
[De la alocución de Pío XII, de 29 de septiembre de
1949, ante el Cuarto Congreso Internacional de Médicos Católicos]
1. La práctica de esta fecundación artificial desde
el momento que se trata del hombre, no puede ser considerada ni exclusiva ni
principalmente desde el punto de vista biológico y médico, dejando a un lado el
de la moral y del derecho.
2. La fecundación artificial fuera del matrimonio
debe condenarse pura y simplemente como inmoral.
Tal es, en efecto, la ley natural y la ley divina
positiva, que la procreación de una nueva vida no puede ser fruto más que del
matrimonio. El matrimonio solo salvaguarda la dignidad de los esposos (de la
mujer principalmente en el caso presente) y su bien personal. De suyo, sólo él
provee al bien y a la educación del infante. Por consiguiente, sobre la
condenación de una fecundación artificial fuera de la unión conyugal, no es
posible entre católicos divergencia alguna de opiniones. El hijo, concebido en
estas condiciones, sería, por el mero hecho, ilegitimo.
3. La fecundación artificial dentro del matrimonio,
pero hecha con elemento activo de un tercero, es igualmente inmoral y, como
tal, ha de reprobarse sin distingo.
Sólo los esposos tienen derecho reciproco sobre sus
cuerpos para engendrar una nueva vida, derecho exclusivo, intransferible e
inajenable. Y esto ha de ser también en consideración del hijo. A quienquiera
da la vida a un niñito, la naturaleza le impone, en virtud misma de este lazo,
la obligación de su conservación y educación. Mas entre el esposo legitimo y el
niño, fruto del elemento activo de un tercero (aun con consentimiento del
esposo), no existe lazo alguno de origen, ningún lazo moral y jurídico de
procreación conyugal.
4. En cuanto a la licitud de la fecundación
artificial dentro del matrimonio bástenos recordar de momento estos principios
de derecho natural: el simple hecho de que el resultado que se intenta es
conseguido por este medio, no justifica el empleo del medio mismo; ni basta el
deseo, en si muy legítimo, de los esposos de tener un hijo, para probar la
legitimidad del recurso a la fecundación artificial, que realizaría este deseo.
Sería falso pensar que la posibilidad de recurrir a
este medio podría hacer válido el matrimonio, entre personas inaptas para
contraerlo por razón del impedimentum impotentiae.
Por otra parte, superfluo es observar que el
elemento activo no puede jamás ser procurado lícitamente por actos
antinaturales.
Si bien es cierto que no pueden a priori rechazarse
nuevos métodos por el sólo hecho de su novedad; sin embargo, por lo que a la
fecundación artificial se refiere, no solamente hay que ser por extremo
reservado, sino que debe ser absolutamente rechazada. Al hablar así, no se
proscribe necesariamente el empleo de ciertos medios artificiales destinados
únicamente ora a facilitar el acto natural, ora a hacer alcanzar su fin al acto
natural normalmente cumplido.
No ha de olvidarse que sólo la procreación de una
nueva vida según la voluntad y designio del Creador, lleva consigo, en grado
sorprendente de perfección, la realización de los fines perseguidos. Ella es a
par conforme a la naturaleza corporal y espiritual y a la dignidad de los
esposos, así como al normal y feliz desenvolvimiento del niño,
De la intención que ha de
tenerse en el bautismo
[Respuesta del Santo Oficio, de 28 de diciembre de
1949]
A esta Suprema Sagrada Congregación le fue propuesta
la duda:
Si en los juicios sobre causas matrimoniales, el
bautismo conferido en las sectas de los Discípulos de Cristo, Presbiterianos
Congregacionalistas, Baptistas y Metodistas, puesta la necesaria materia y forma,
ha de presumirse inválido por falta de la intención requerida en el ministro de
hacer lo que hace la Iglesia o lo que Cristo instituyó o por lo contrario ha de
presumirse válido, a no ser que en caso particular se pruebe lo contrario.
Resp.: Negativamente a la primera parte, afirmativamente a la segunda.
De algunas falsas opiniones que
amenazan destruir los fundamentos de la doctrina católica
[De la Encíclica Humani generis, de 12 de
agosto de 1950]
La discordia y extravío, fuera de la verdad, del
género humano en las cosas religiosas y morales fueron siempre fuente y causa
de muy vehemente dolor para todos los buenos y principalmente para los fieles y
sinceros hijos de la Iglesia, y lo son hoy señaladamente, cuando vemos de todas
partes combatidos los principios mismos de la cultura cristiana.
No es de maravillar ciertamente que tal discordia y
extravío se haya dado siempre fuera del redil de Cristo. Porque si bien es
cierto que la razón humana, sencillamente hablando, puede realmente con solas
sus fuerzas y luz natural alcanzar conocimiento verdadero y cierto de un solo
Dios personal, que con su providencia conserva y gobierna al mundo, así como de
la ley natural impresa por el Creador en nuestras almas; sin embargo, muchos
son los obstáculos que se oponen a que la razón use eficaz y fructuosamente de
esta su nativa facultad. En efecto, las verdades que a Dios se refieren y
atañen a las relaciones que median entre Dios y el hombre, trascienden
totalmente el orden de las cosas sensibles y, cuando se llevan a la práctica de
la vida e informan a ésta, exigen la entrega y abnegación de si mismo. Ahora
bien, el entendimiento humano halla dificultad en la adquisición de tales
verdades, ora por el impulso de los sentidos y de la imaginación, ora por las
desordenadas concupiscencias nacidas del pecado original. De lo que resulta que
los hombres se persuaden con gusto ser falso o, por lo menos, dudoso lo que no
quisieran fuera verdadero.
Por eso hay que decir que la “revelación” divina es
moralmente necesaria para que, aun en el estado actual del género humano, todos
puedan conocer con facilidad, con firme certeza y sin mezcla de error alguno,
aquellas verdades religiosas y morales que de suyo no son inaccesibles a la
razón.
Más aún, la mente humana puede a veces sufrir
dificultades hasta para formar un juicio cierto sobre la “credibilidad” de la
fe católica, no obstante ser tantos y tan maravillosos los signos externos
divinamente dispuestos, por los que, aun con la sola luz natural de la razón,
puede probarse con certeza el origen divino de la religión cristiana. El
hombre, en efecto, ora llevado de sus prejuicios, ora instigado de sus pasiones
y mala voluntad, no sólo puede negar la evidencia, que tiene delante, de los
signos externos, sino resistir y rechazar también las superiores inspiraciones
que Dios infunde en nuestras almas.
A quienquiera mire en torno suyo a los que se hallan
fuera del redil de Cristo, fácilmente se le descubrirán las principales
direcciones que han emprendido los hombres doctos. Hay, efectivamente, quienes,
admitido sin prudencia y discreción el sistema que llaman de la evolución, que
todavía no está probado de modo indiscutible en el campo mismo de las ciencias
naturales, pretenden extenderlo al origen de todas las cosas, y audazmente
sostienen la opinión monística y panteística de un universo sujeto a continua
evolución; opinión que los fautores del comunismo aceptan con fruición, para
defender y propagar más eficazmente su “materialismo dialéctico”, arrancando de
las almas toda noción teística.
Los delirios de semejante evolución por los que se
repudia todo lo que es absoluto, firme e inmutable, han abierto el camino a la
nueva filosofía aberrante que, en concurrencia con el “idealismo”,
“inmanentismo” y “pragmatismo”, ha recibido el nombre de “existencialismo”,
como quiera que, desdeñadas las esencias de las cosas, sólo se preocupa de la
existencia de cada una singularmente.
Añádese un falso “historicismo”, que ateniéndose
sólo a los acontecimientos de la vida humana, socava los fundamentos de toda
verdad y ley absoluta, lo mismo en el terreno de la filosofía que en el de los
dogmas cristianos.
En medio de tan grande confusión de ideas, algún
consuelo nos trae contemplar a los que, abandonando las doctrinas del
“racionalismo” en que antaño se formaran, no es hoy raro el caso que desean
volver a los manantiales de la verdad divinamente revelada y reconocer y
profesar la palabra de Dios conservada en la Sagrada Escritura, como fundamento
de las enseñanzas sagradas. Pero juntamente es de lamentar que no pocos de
éstos, cuanto más firmemente se adhieren a la palabra de Dios, tanto más
rebajan el valor de la razón humana, y cuanto con más entusiasmo enaltecen la
autoridad de Dios revelante, tanto más ásperamente desprecian el magisterio de
la Iglesia, instituído por Cristo Señor para custodiar e interpretar las
verdades divinamente reveladas; conducta que no solamente está en abierta
contradicción con las Sagradas Letras, sino que la experiencia misma demuestra
ser falsa. Con frecuencia, en efecto, los mismos disidentes de la verdadera
Iglesia, públicamente se quejan de la discordia dogmática que reina entre
ellos, de suerte que, contra su voluntad, confiesan la necesidad de un
magisterio vivo.
Ahora bien, a los teólogos y filósofos católicos, a
quienes incumbe el grave cargo de defender la verdad divina y humana y
sembrarla en las almas de los hombres, no les es lícito ni ignorar ni descuidar
esas opiniones que se apartan más o menos del recto camino. Más aún, es
menester que las conozcan a fondo, primero porque no se curan bien las
enfermedades si no son de antemano debidamente conocidas; luego, porque alguna
vez en esos mismos falsos sistemas se esconde algo de verdad, y, finalmente,
porque estimulan la mente a investigar y ponderar con más diligencia algunas
verdades filosóficas y teológicas.
Ahora bien, si nuestros teólogos y filósofos se
esforzaran en sacar sólo ese fruto de estas doctrinas estudiadas con cautela,
no habría razón alguna de intervenir por parte del magisterio de la Iglesia.
Pero, si bien sabemos que los doctores católicos evitan en general esos
errores, nos consta, sin embargo, que no faltan hoy día, lo mismo que en los
tiempos apostólicos, quienes aficionados más de lo justo a las novedades, o
temiendo también sentar plaza de ignorantes de los progresos de la ciencia,
tratan de sustraerse a la dirección del sagrado magisterio, y se hallan
consiguientemente en peligro de irse insensiblemente desviando de la misma
verdad divinamente revelada y de arrastrar a otros consigo hacia el error.
Todavía se observa otro peligro, y éste tanto más
grave cuanto más cubierto se presenta so capa de virtud. Hay, en efecto, muchos
que, deplorando la discordia del género humano y la confusión de las
inteligencias, llevados de imprudente celo de las almas, se sienten movidos de
una especie de ímpetu e inflamados de vehemente deseo de romper las barreras
por las que están separados los hombres buenos y honrados, y abrazan un
“irenismo” tal que, dando de mano a las cuestiones que separan a los hombres,
no sólo intentan rechazar con fuerzas unidas el arrollador ateísmo, sino que
tratan de conciliar las oposiciones aun en materias dogmáticas. Y a la manera
que hubo antaño quienes preguntaban si la apologética tradicional de la Iglesia
no constituiría más bien un obstáculo que una ayuda para ganar las almas para
Cristo, así no faltan hoy tampoco quienes se atreven a plantear en serio la
cuestión de si la teología y sus métodos, tal como con aprobación de la
autoridad de la Iglesia se dan en las escuelas, no sólo hayan de
perfeccionarse, sino ser de todo en todo reformados, a fin de que el reino de
Cristo se propague con más eficacia por todos los lugares de la tierra, entre
los hombres de cualquier cultura y de cualesquiera ideas religiosas.
Ahora bien, si estos hombres no intentaran otra cosa
que adaptar mejor la ciencia eclesiástica y su método a las actuales
condiciones y necesidades, con la introducción de algún nuevo procedimiento,
apenas habría razón alguna de temer; pero es el caso que algunos, arrebatados
de un imprudente “irenismo” parecen considerar como óbices para la restauración
de la unidad fraterna lo que se funda en las leyes y principios mismos dados
por Cristo y en las instituciones por Él fundadas, o constituye la defensa o
sostén de la fe, cayendo lo cual, todo seguramente se uniría, pero solamente
para la ruina...
Por lo que a la teología se refiere, es intento de
algunos atenuar lo más posible la significación de los dogmas y librar al dogma
mismo de la terminología de tiempo atrás recibida por la Iglesia, así como de
las nociones filosóficas vigentes entre los doctores católicos, para volver en
la exposición de la doctrina católica al modo de hablar de la Sagrada Escritura
y de los Santos Padres. Ellos abrigan la esperanza de que despojado el dogma de
los elementos que dicen ser extraños a la divina revelación podrá
fructuosamente compararse con las ideas dogmáticas de los que están separados
de la unidad de la Iglesia y que por este camino vengan paulatinamente a equilibrarse
el dogma católico y las opiniones de los disidentes.
Además, reducida la doctrina católica a esta
condición, piensan que queda así abierto el camino por el que satisfaciendo a
las exigencias actuales pueda expresarse también el dogma por las nociones de
la filosofía moderna, ya del inmanentismo, ya del idealismo, ya del
existencialismo, ya de cualquier otro sistema. Algunos más audaces afirman que
ello puede y debe hacerse, porque, según ellos, los misterios de la fe jamás
pueden significarse por nociones adecuadamente verdaderas, sino solamente por
nociones “aproximativas”, como ellos las llaman, y siempre cambiantes, por las
cuales, efectivamente, la verdad se indica, en cierto modo, pero forzosamente
también se deforma. De ahí que no tienen por absurdo, sino por absolutamente
necesario, que la teología, al hilo de las varias filosofías de que en el
decurso de los tiempos se vale como de instrumento, vaya sustituyendo las
antiguas nociones por otras nuevas, de suerte que por modos diversos y hasta en
algún modo opuestos, pero, según ellos, equivalentes, traduzca a estilo humano
las mismas verdades divinas. Añaden en fin que la historia de los dogmas
consiste en exponer las varias formas sucesivas que la verdad revelada ha ido
tomando, conforme a las varias doctrinas e ideas que han aparecido en el
decurso de los siglos.
Pero es evidente, por lo que llevamos dicho, que
tales conatos no sólo conducen al llamado “relativismo” dogmático, sino que ya
en si mismos lo contienen, y, por cierto, más que sobradamente lo favorece el
desprecio de la doctrina comúnmente enseñada y de los términos con que se
expresa. Nadie hay ciertamente que no vea que los términos empleados tanto en
las escuelas como por el magisterio de la Iglesia para expresar tales conceptos,
pueden ser perfeccionados y aquilatados, y es también notorio que la Iglesia no
ha sido siempre constante en el empleo de las mismas voces. Evidente es además
que la Iglesia no puede ligarse a cualquier efímero sistema filosófico; los
conceptos y términos que en el decurso de muchos siglos fueron elaborados con
unánime consentimiento por los doctores católicos, indudablemente no se fundan
en tan deleznable fundamento. Fúndanse, efectivamente, en los principios y
conceptos deducidos del verdadero conocimiento de las cosas creadas, deducción
realizada a la luz de la verdad revelada que, por medio de la Iglesia
iluminaba, como una estrella, la mente humana. Por eso, no hay que maravillarse
de que algunos de esos conceptos hayan sido no sólo empleados, sino sancionados
por los Concilios ecuménicos, de suerte que no sea licito separarse de ellos.
Por eso, descuidar, rechazar o privar de su valor a
tantas y tan importantes nociones y expresiones que hombres de talento y
santidad no comunes, con esfuerzo multisecular, bajo la vigilancia del sagrado
magisterio y no sin la luz y guía del Espíritu Santo, han concebido, expresado
y perfeccionado para expresar cada día con mayor exactitud las verdades de la
fe, a fin de sustituirlas por nociones hipotéticas y expresiones fluctuantes y
vagas de una nueva filosofía, las cuales, como la flor del campo, hoy son y
mañana caerán, no sólo es imprudencia suma, sino que convierte al dogma mismo
en caña agitada por el viento. Y el desprecio de los términos y conceptos que
suelen emplear los teólogos escolásticos, lleva naturalmente a enervar la
llamada teología especulativa, la cual, por fundarse en la razón teológica,
opinan que carece de verdadera certeza.
Por desgracia, estos amadores de novedades
fácilmente pasan del desprecio de la teología escolástica a descuidar y hasta
despreciar también el magisterio mismo de la Iglesia, que en tan alto grado
aprueba con su autoridad aquella teología. Y es que este magisterio es por
ellos presentado como rémora del progreso y obstáculo de la ciencia y ya por
muchos acatólicos es considerado como un injusto freno que impide a algunos
teólogos más cultos la renovación de su ciencia. Y aunque este sagrado
magisterio ha de ser para cualquier teólogo en materias de fe y costumbres la
norma próxima y universal de la verdad, como quiera que a él encomendó Cristo
Señor el depósito entero de la fe, es decir, la Sagrada Escritura y la
“Tradición” divina, para custodiarlo, defenderlo o interpretarlo; sin embargo,
el deber que tienen todos los fieles de evitar también aquellos errores que más
o menos se aproximan a la herejía y, por ende, “de guardar también las
constituciones y decretos con que esas erróneas opiniones han sido prohibidas y
proscritas por la Santa Sede”; ese deber, decimos, de tal modo es a veces
ignorado, como si no existiera. Hay quienes expresamente suelen dar de mano a
cuanto en las Encíclicas de los Pontífices Romanos se expone sobre la
naturaleza y constitución de la Iglesia, a fin de que prevalezca un concepto
vago que afirman haber ellos sacado de los antiguos Padres, particularmente
griegos. Porque los Sumos Pontífices, como ellos andan diciendo, no quieren
juzgar de las cuestiones que se disputan entre los teólogos y hay que volver,
por ende, a las fuentes primitivas, y explicar por los escritos de los antiguos
las constituciones y decretos modernos del magisterio.
Esto, si bien parece estar dicho con conocimiento de
causa, no carece sin embargo de falacia. Porque es cierto que generalmente los
Pontífices dejan libertad a los teólogos en las cuestiones que se discuten con
diversidad de pareceres entre los doctores de mejor nota, pero la historia
enseña que muchas cosas que antes estuvieron dejadas a la libre discusión,
luego no pueden admitir discusión de ninguna especie.