Prof. Silvio Cajiao, Bogotà
En el Discurso que Juan
Pablo II dirigió a la 50° Asamblea General de la ONU, el 5 de octubre de 1985,
expresaba su preocupación por el hecho de que “hoy algunos nieguen la universalidad
de los derechos humanos, así como niegan que haya una naturaleza humana común a
todos.” En el mismo párrafo sostenía que si bien es legítimo un pluralismo
cultural que genera diversas formas de libertad, sin embargo el “negar el
carácter universal o inteligible de la naturaleza del hombre” (...) “hace muy
difícil, o incluso imposible, una política internacional de persuación”.
Los derechos humanos han
sido defendidos reiteradamente por el Papa. Un ejemplo lo encontramos en su
Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz del 1ro. de enero de 1988 donde
afirmaba que el fundamento y fin del orden social es la persona humana, con
derechos inalienables, que no le vienen de afuera sino que brotan de su misma
naturaleza, por tanto ninguna constricción externa puede anularlos.
Ya desde su primera carta
Encíclica la Redemptor hominis (17) postulaba la necesidad de que
existiera una real correspondencia entre al letra de la de la
declaración de los Derechos Humanos y su espíritu y la necesidad de que
asumieran su responsabilidad quienes determinan el orden de los pueblos.
Y es que los derechos humanos tienen su origen en el
hombre como creatura de Dios y con una vocación, en Jesucristo, a ser su hijo,
de aquí que todas las dimensiones auténticamente humanas han de ser
salvaguardadas incluyendo especialmente la libertad religiosa. De aquí que Juan
Pablo II los haya expuesto y defendido en los diversos organismos
internacionales, ya sea desde su primera visita a la ONU en 1979 donde
afirmaba: “El camino real, el camino fundamental que lleva a esto (la
paz) pasa a través de cada hombre, a través de la definición, el reconocimiento
y el respeto de los derechos inalienables de las personas y de las
comunidades de los pueblos.” (7), o como lo expresará en similares términos en
su visita a la UNESCO el 2 de junio de 1980, o ante el Cuerpo Diplomático
acreditado ante el Vaticano, el 14 de enero de 1984 en donde subrayaba su
preservación precisamente en situaciones de conflicto y por lo mismo había que
dar una negativa rotunda a toda forma de proceso arbitrario, la tortura, las
desapariciones forzadas, los destierros, las emigraciones de familias, las
ejecuciones capitales posteriores a juicios sumarios.
En las Encíclicas de carácter social el Papa de igual
forma ha expresado la firme posición de la Iglesia de pronunciarse y defender
tal dignidad del hombre, en la Sollicitudo rei sotialis, se pregunta si:
“La negación o limitación de los derechos humanos como, por ejemplo, el derecho
a la libertad religiosa, el derecho a participar en la construcción de la
sociedad, la libertad de asociación o de formar sindicatos o de tomar iniciativas
en materia económica ¿no empobrecen, tal vez, a la persona humana igual o más
que la privación de los bienes materiales? Y un desarrollo que no tenga en
cuenta la plena afirmación de estos derechos ¿es verdaderamente desarrollo
humano?” (15)
En su Discurso al Congreso mundial organizado por el
Consejo Justicia y paz (4-7-98) y en el marco de los 50 años de la declaración
universal de los derechos del hombre, Juan Pablo II indicaba que la finalidad
de una pastoral de tales derechos debería consistir 1ro. en que la aceptación
de la letra conduzca a apropiarse de su espíritu, como en el desarrollo
educativo de los mismos, y 2do. En plantear «los interrogantes esenciales que
afectan a la situación del hombre de hoy y del mañana» (RH 15) con
objetividad, lealtad y sentido de responsabilidad.” (No.